San Antonio promulga ordenanzas clave para el desarrollo local
El Intendente de San Antonio promulgó las Ordenanzas N° 007/2026 sobre regulación de antenas y N° 008/2026 para la conservación de senderos turísticos.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Municipalidad de San Antonio
- Concejo Deliberante de San Antonio
Fechas Clave
Luz verde para iniciativas municipales en San Antonio
El Intendente de la Municipalidad de San Antonio, Álvaro Debedia, ha firmado el Decreto N° 030/2026, mediante el cual se promulgan dos importantes ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante. Este acto administrativo es un paso esencial para la entrada en vigencia de estas normativas, que impactarán en la infraestructura de telecomunicaciones y en el desarrollo turístico y ambiental de la localidad.
Las ordenanzas promulgadas son:
- Ordenanza N° 007/2026: Esta norma busca regular la instalación, habilitación, localización, funcionamiento, control, adecuación y desmantelamiento de antenas de telefonía móvil, torres y estructuras portantes destinadas a servicios de telecomunicaciones. Su objetivo es establecer un marco claro para el despliegue de estas infraestructuras, considerando aspectos urbanísticos, ambientales y de salud pública.
- Ordenanza N° 008/2026: Conocida como el “Programa de Conservación Ambiental de Senderos Turísticos, Circuitos e Infraestructuras”, tiene como propósito preservar en condiciones adecuadas los senderos naturales, turísticos y recreativos del municipio. Esto incluye tareas de limpieza, mantenimiento y señalización para garantizar la seguridad y el disfrute de estos espacios por parte de vecinos y visitantes.
Significado de la promulgación
La promulgación de estas ordenanzas significa que, tras ser aprobadas por el cuerpo legislativo municipal, reciben el aval del Ejecutivo para su implementación. Esto demuestra un avance en la agenda de gestión local, abordando tanto la modernización de la infraestructura como la protección del patrimonio natural y el fomento del turismo. Ambas medidas se enmarcan en las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipios N° 4466/1989.
