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La AFIP-Aduana notifica a ciudadanos extranjeros sobre resoluciones clave que definen el destino de bienes retenidos: desde el pago de tributos hasta la destrucción de productos apócrifos, ¡el reloj corre para evitar mayores complicaciones!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP-Aduana) ha lanzado una serie de edictos que, aunque parezcan trámites burocráticos menores, son un verdadero dolor de cabeza para varios ciudadanos, mayormente extranjeros. Estos avisos oficiales, publicados en el Boletín, buscan notificar a personas con domicilio ignorado sobre resoluciones que se tomaron en el marco de expedientes aduaneros que, ¡atención!, datan de hace más de una década en algunos casos.
La constante en todos estos casos es la aplicación del Código Aduanero (Ley 22.415) y diversas Instrucciones Generales de la AFIP-DGA. La División Secretaría N.º 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros es la encargada de estas notificaciones que, en esencia, archivan denuncias pero con severas condiciones para los involucrados. Aquí el desglose de los escenarios más impactantes:
Mercadería con destino incierto: Casos como los de TELLERI LOPEZ DEBORA RAQUEL o SANDOVAL RUMUALDO DANIEL ven sus denuncias archivadas, pero para liberar la mercadería deberán afrontar el pago de tributos y presentar los certificados o intervenciones que correspondan. ¡Un costo adicional que nadie quiere!
Exportar o reingresar, la cuestión es esa: A LAURA PEREIRA BARRETO SILVEIRA MELLO se le intima a exportar mercadería en quince (15) días o a reingresarla a territorio nacional, con una multa de USD 33,00. Algo similar ocurre con LILIAN NAHIR MARTINEZ, a quien se le exigen USD 2,62 por tributos. ¡Pequeñas sumas que pueden generar grandes dolores de cabeza si no se cumplen!
Prohibiciones y organismos en alerta: Para ALEJANDRO EDUARDO PAPADOPULOS BERNARDEZ, la situación es más compleja: su mercadería tiene prohibido el egreso sin la intervención de la Dirección Nacional de Artes Visuales. Deberá reingresarla al país, bajo apercibimiento de acciones legales y la intervención de la Secretaría de Cultura de la Nación. En el caso de RODOLFO GOMEZ CASTILLO, la prohibición viene de la mano de la ANMAT, lo que sugiere productos de salud o alimenticios de alta sensibilidad. Estos casos demuestran la mano dura del Estado cuando se trata de proteger el patrimonio cultural o la salud pública.
La destrucción, el peor final: La historia más dramática es la de ADELAIDA LOURDES ECHEPARE NATALE. Su mercadería fue catalogada como apócrifa (falsificada) y se ordenó su destrucción. Esto no solo implica la pérdida total de los bienes, sino también la intervención de la División Prohibiciones No Económicas y Fraude Marcario, con la consecuente comunicación a los titulares de las marcas afectadas. ¡Un golpe durísimo para el infractor y una señal clara contra la piratería!
Estas resoluciones, aunque individuales, pintan un cuadro de la vigilancia aduanera en Argentina, donde el incumplimiento, la falta de información o la introducción de productos ilegales tienen consecuencias directas y a veces, irreversible. Los afectados tienen plazos perentorios para actuar, bajo riesgo de ver sus bienes confiscados o destruidos, y enfrentar las consecuencias de las leyes 22.415 y 25.603. ¡Una advertencia para todos los que operan con el comercio exterior!