Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
Tras el fin del Impuesto PAIS, la AFIP lanza un plan excepcional para devolver saldos a favor a los agentes de percepción. Una luz de esperanza para el bolsillo, pero con letra chica y plazos ajustados.
¡Atención, contribuyentes! La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP) ha puesto en marcha un procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor para aquellos agentes de percepción que, por el fin del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), se quedaron con plata 'extra' en sus arcas. La Resolución General 5638/2025 llega como un respiro para el sector financiero, que venía reclamando una solución tras la caducidad del gravamen el pasado 22 de diciembre de 2024.
¿Quiénes son los beneficiados y cómo funciona?
Este mecanismo está diseñado exclusivamente para los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS, quienes habían ingresado montos en exceso y ahora no tienen dónde compensarlos. La AFIP, en coordinación con la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, instrumentó un sistema de compensación en cuotas contra las obligaciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. ¡Un salvavidas que permite 'cruzar' deudas y créditos entre impuestos!
Para acceder a esta devolución simplificada, los agentes deberán exteriorizar el saldo a favor a través de la presentación del formulario de declaración jurada F.744 correspondiente a los meses de diciembre 2024 y enero a marzo de 2025, generado mediante el “Sistema de Control de Retenciones (SICORE)”.
Los plazos y las limitaciones:
Pero ojo, no es un cheque en blanco. La utilización del saldo a favor tendrá limitaciones temporales y porcentuales, con un calendario estricto:
Lo bueno es que la AFIP reconocerá intereses a favor del agente de percepción y liquidación sobre los saldos pendientes de utilización, calculados desde la fecha de presentación de la declaración jurada de diciembre 2024. ¡Una forma de compensar la espera!
Este procedimiento busca desburocratizar la devolución de fondos que, de otra manera, quedarían atrapados en el sistema tributario. Es una medida que impacta directamente en la liquidez de las entidades financieras y otros grandes contribuyentes que actuaron como recaudadores del Impuesto PAIS. Es crucial que los agentes de percepción estén atentos a estas fechas límite, ya que la no exteriorización del saldo a favor por el período diciembre 2024 hasta el 1 de marzo de 2025 implicará la pérdida de los intereses y la imposibilidad de utilización.