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La Dirección Aduana de Ezeiza intima a los titulares de mercaderías en situación de abandono para que las reclamen en 30 días, o de lo contrario, serán destinadas según la ley. ¡El tiempo se agota!
¡Atención importadores, exportadores y viajeros despistados! La Dirección Aduana de Ezeiza ha lanzado un ultimátum a todos aquellos que tengan mercaderías en situación de abandono. Según lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley N° 25.603, se comunica por única vez que los bienes detallados en el Anexo IF-2026-00006021-ARCA-SGRZDIADEZ#SDGOAM, que se encuentran en la situación prevista por el Art. 417 inciso c) de la Ley N° 22.415, deben ser reclamados.
Los titulares tienen un plazo perentorio de TREINTA (30) días corridos para solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que correspondieren. ¿Qué significa esto? Que si no aparecen, la Aduana procederá a aplicar los artículos 2do, 3ro, 4to y 5to de la Ley N° 25.603, lo que generalmente implica la venta en remate, donación o destrucción de la mercadería.
"El abandono de mercaderías es un problema recurrente en las aduanas, y esta medida busca liberar espacio y aplicar la normativa vigente." Esta medida es crucial para el funcionamiento eficiente de la Aduana, que necesita liberar espacio en sus depósitos y agilizar el flujo de comercio exterior. Para los afectados, es una última oportunidad para recuperar sus bienes antes de que pasen a manos del Estado o de terceros. Es fundamental revisar el anexo online para verificar si alguna de las mercaderías listadas es de su propiedad. El proceso es claro: presentarse en la Sección Gestión de Rezagos de la Dirección Aduana de Ezeiza. ¡No dejes que tu mercadería se pierda para siempre!
6 de octubre de 2025
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