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La Aduana de Buenos Aires lanza un ultimátum a dueños de mercadería "olvidada" en sus depósitos. Hay solo 30 días para reclamar, o el Estado podría quedarse con todo. ¡Corré a buscar lo tuyo antes de que sea tarde!
La Dirección General de Aduanas ha emitido un aviso crucial para importadores, exportadores y cualquiera que tenga mercaderías "varadas" en el puerto de Buenos Aires. Según la Ley 25.603 y el Artículo 417 de la Ley 22.415, hay un plazo perentorio de treinta (30) días corridos para que los titulares acrediten su derecho y soliciten una destinación autorizada para la mercadería detallada en el Anexo IF-2025-00081708-AFIP-DIABSA#SDGOAM.
Si tenés mercadería que ingresó al país y por algún motivo no fue retirada o no se le dio un destino aduanero, este es tu último llamado. La Aduana está aplicando la normativa que le permite disponer de estos bienes si no son reclamados a tiempo. Esto puede incluir desde pequeños paquetes hasta grandes cargamentos. Es una medida drástica pero necesaria para la gestión de los depósitos fiscales.
Principalmente impacta a empresas de comercio exterior, importadores, exportadores y agentes de carga. Si no se actúa rápido, la mercadería puede ser rematada, donada o incluso destruida por el Estado, perdiendo no solo el producto sino también la inversión. Es un recordatorio de la importancia de la gestión aduanera eficiente y la necesidad de cumplir con los plazos.
Este tipo de avisos son habituales y buscan descongestionar los depósitos aduaneros y regularizar la situación de bienes que, por diversas razones (errores documentales, abandono, falta de pago de impuestos), quedan en un limbo. La ley es clara: si no se reclama, el Estado avanza. Esta medida busca optimizar el flujo de mercaderías y evitar la acumulación en las zonas primarias aduaneras.
Los interesados deben presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, sita en Av. Hipólito Yrigoyen 440, 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, antes de que expire el plazo. Además, deberán afrontar las multas correspondientes. ¡No dejes que tu mercadería se convierta en un "rezago" y pierdas tu inversión!
27 de enero de 2026
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