Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Secretaría de Energía de Argentina renueva, tras décadas, los parámetros ambientales para la exposición a campos electromagnéticos en instalaciones de transporte eléctrico. ¿Protección o vía libre para nuevas obras?
La Secretaría de Energía ha dado un golpe de timón en la regulación ambiental del sector eléctrico con la Resolución 508/2025, que actualiza los parámetros específicos para la exposición a Campos Electromagnéticos de Frecuencia Extremadamente Baja (CEMFEB). Esta medida, esperada por casi tres décadas, reemplaza normativas de 1992 y 1998 que habían quedado obsoletas frente a los avances científicos y tecnológicos.
La resolución establece nuevas "Especificaciones de parámetros ambientales de CEMFEB" para proyectos y obras de líneas de transmisión, cables subterráneos y estaciones transformadoras con una tensión igual o superior a 132 kilovoltios (kV). El objetivo es alinear la regulación nacional con estándares internacionales de organismos como la COMISIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RADIACIONES NO IONIZANTES (ICNIRP), el INSTITUTO DE INGENIEROS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (IEEE) y la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).
Según la Secretaría, la normativa anterior generaba "dificultades de interpretación y aplicación", lo que derivaba en "conflictos, demoras o controversias" en el desarrollo de la infraestructura eléctrica. Ahora, se busca brindar seguridad jurídica tanto a la sociedad como a los agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), facilitando el desarrollo de inversiones en generación y transporte de energía.
Para el ciudadano común, esta actualización implica que las nuevas instalaciones de alta tensión deberán cumplir con parámetros de seguridad basados en la mejor evidencia científica disponible. Aunque la resolución asegura que "no conlleva una disminución del nivel de protección vigente", su modernización podría agilizar la construcción de infraestructura vital para la seguridad energética y la integración de fuentes renovables.
Las empresas del sector, en tanto, obtienen un marco regulatorio más claro y previsible, lo que podría destrabar proyectos y reducir la litigiosidad. Es importante destacar que las instalaciones existentes, aprobadas bajo la normativa anterior, no están obligadas a una adecuación retroactiva, salvo en caso de ampliaciones o modificaciones sustanciales. El ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) será la autoridad de aplicación y control de estas nuevas directrices.
"La actualización propuesta responde a criterios de razonabilidad técnica, protección adecuada de la salud humana y del ambiente, viabilidad operativa para los agentes del sector y coherencia con el marco regulatorio vigente, fortaleciendo la validez y legitimidad de la presente medida frente a eventuales cuestionamientos."
Esta medida es un claro intento de modernizar el andamiaje legal para un sector estratégico, buscando un equilibrio entre el desarrollo productivo y la protección ambiental y de la salud. Sin embargo, la clave estará en la efectiva fiscalización y cumplimiento de los nuevos estándares por parte de las empresas y el ENRE.