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El Ministerio de Capital Humano, a través de una batería de disposiciones, actualizó los montos máximos para el cálculo de indemnizaciones por despido en múltiples sectores clave. Desde bancarios hasta hoteleros, pasando por energía y telecomunicaciones, se recalcula el valor de la desvinculación. Una medida crucial que afecta a miles de trabajadores y empresas en todo el país, generando nuevas certezas... ¡o dolores de cabeza!
Una ráfaga de resoluciones del Ministerio de Capital Humano sacudió el Boletín Oficial, confirmando la actualización de los topes indemnizatorios para una vasta gama de actividades económicas. En lo que parece ser una formalización administrativa de acuerdos ya homologados, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha fijado los nuevos “promedios de remuneraciones” que sirven de base para calcular la indemnización por despido sin justa causa, según el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.
Estas ocho disposiciones, firmadas por la Directora Nacional Mara Agata Mentoro, son el resultado de negociaciones colectivas previas y buscan dar certeza jurídica a un aspecto tan sensible como el cese laboral. En criollo: cuánto es lo máximo que te pueden pagar si te echan sin causa justa, o cuánto es lo máximo que tenés que pagar si sos empleador.
La lista es larga y variada, abarcando desde el sector financiero hasta el de servicios y el productivo. Entre los principales involucrados encontramos:
19 de diciembre de 2025
8 de enero de 2026
8 de enero de 2026
Para los trabajadores, estos nuevos topes son vitales. Un tope más alto significa que, en caso de despido, la base de cálculo para su indemnización será mayor, lo que podría traducirse en un monto final más elevado, especialmente para quienes tienen salarios por encima de la media. Para las empresas, esta medida clarifica las contingencias laborales y permite planificar mejor sus costos ante eventuales desvinculaciones. Es una pieza clave para la estabilidad de las relaciones laborales, aunque no exenta de controversias sobre la 'judicialización' del tope en algunos casos.
Es importante destacar que, si bien las disposiciones son de fines de 2025, hacen referencia a acuerdos salariales y períodos de 2024, lo que muestra el desfasaje temporal habitual en estos procesos administrativos. Se recomienda a los interesados consultar los anexos de cada disposición, publicados en la edición web del Boletín Oficial, para conocer los importes exactos y las fechas de entrada en vigencia específicas de cada sector. ¡No te quedes afuera, tus derechos y obligaciones están en juego!