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El Ministerio de Capital Humano oficializa límites para despidos en sectores clave como bancarios y casinos, pero lo hace con acuerdos de hace más de un año y alarmantes inconsistencias que generan incertidumbre.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, finalmente estableció los topes indemnizatorios para diversos convenios colectivos (CCT). Esta medida es fundamental porque fija el importe promedio de las remuneraciones que define el cálculo de las indemnizaciones por despido sin justa causa, según el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
El punto más crítico: en la mayoría de estos casos, transcurrió más de UN AÑO entre la firma de los acuerdos salariales y su homologación, y recién ahora se fijan estos topes. Esta ineficiencia burocrática dejó a miles de trabajadores y empresas en un limbo, sin certeza sobre las reglas del juego.
Pero hay más: para sectores como el bancario y el de estaciones de servicio, se detectó una grave inconsistencia. Ya existían topes indemnizatorios posteriores a los que se fijan ahora, ¡pero fueron homologados antes! Este desorden jurídico crea un escenario de confusión, donde un mismo período podría tener dos topes, abriendo la puerta a conflictos y litigios. La seguridad jurídica brilla por su ausencia.
Esta disposición impacta directamente en:
Si sos trabajador o empleador en cualquiera de estos rubros, es IMPRESCINDIBLE que revises el tope indemnizatorio de tu CCT. Para el empleado, es el límite de lo que podés recibir por despido. Para la empresa, es clave para la planificación. La burocracia y las contradicciones hacen que esta información sea más importante que nunca.
"La promesa de previsibilidad laboral se desdibuja ante un sistema que genera más dudas que certezas."
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