Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Ministerio de Capital Humano fijó los topes indemnizatorios para empleados de pastelerías, calzado, estaciones de servicio y publicidad, un movimiento crucial que define cuánto cobrarán los trabajadores en caso de despido.
En una movida que impacta directamente en el bolsillo de miles de trabajadores y en la planificación de costos de las empresas, la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo del Ministerio de Capital Humano publicó una serie de disposiciones que establecen los promedios de remuneraciones y los topes indemnizatorios de varios sectores. Esta es una medida clave, derivada del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que fija el monto máximo que un empleado puede percibir como indemnización por despido sin justa causa.
El tope indemnizatorio es un cálculo que limita el monto de la base salarial sobre la cual se calcula la indemnización. En la práctica, si tu salario supera este tope, tu indemnización se calculará sobre el valor máximo establecido, no sobre tu salario real. Esto puede significar una reducción significativa en el monto final a cobrar en caso de despido.
Las disposiciones recientes afectan a los siguientes sectores:
Si bien estas medidas son de carácter administrativo, su impacto es muy concreto. Para los trabajadores, implica conocer el límite de su futura compensación. Para las empresas, brinda mayor previsibilidad en los costos laborales. Es un recordatorio de la importancia de estar informado sobre los detalles de los convenios colectivos y sus actualizaciones.