Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Gobierno homologó un acuerdo de suspensiones para Perroti Seguridad SRL y UPSRA, permitiendo el pago de prestaciones no remunerativas ¡y omitiendo el Procedimiento Preventivo de Crisis! ¿Un guiño a las empresas en tiempos difíciles?
Un movimiento audaz y polémico acaba de ser validado en el Boletín Oficial. El Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, homologó un acuerdo de suspensiones de personal entre la empresa PERROTI SEGURIDAD SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y la Unión Personal de Seguridad de la República Argentina (UPSRA). Lo que genera un fuerte revuelo es que este pacto se da en el marco del Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, que permite el pago de una prestación no remunerativa durante las suspensiones, y lo más grave: se omitió el Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC).
La ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 exigen iniciar un PPC con carácter previo al despido o suspensión masiva de personal. Sin embargo, en este caso, el Ministerio justificó la omisión argumentando el "consentimiento prestado por la entidad sindical". Para el Gobierno, este consentimiento implica un "reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa", haciendo que el PPC sea un "dispendio de actividad".
Esta decisión es un arma de doble filo. Por un lado, puede ser vista como una flexibilización para las empresas en momentos de dificultad económica, permitiéndoles ajustar sus estructuras de costos sin la burocracia de un PPC, y "preservando los puestos de trabajo" aunque sea a través de suspensiones. Por otro lado, genera preocupación entre juristas y trabajadores sobre la posibilidad de que esta omisión se convierta en un precedente, debilitando una herramienta fundamental de protección laboral.
"...atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad."
Los trabajadores de Perroti Seguridad, cuyo listado de afectados se adjunta en el expediente, recibirán una prestación no remunerativa mientras estén suspendidos. Es vital que estén informados sobre sus derechos individuales, ya que la homologación del acuerdo marco colectivo no exime los derechos individuales de cada empleado. El futuro dirá si esta medida es una excepción o el inicio de una nueva tendencia en la gestión de crisis laborales.