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El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires endurece los controles y suspenderá preventivamente beneficios a quienes cobren jubilación y sigan en relación de dependencia. ¡La lupa está puesta!
La Resolución N° 32.821 del Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social (IPS) bonaerense es un golpe sobre la mesa para miles de jubilados. El organismo, tras un cruce informático entre su base de datos de beneficiarios activos y el Registro Único y Permanente de Afiliados (R.U.P.A.), detectó a una gran cantidad de personas que estarían percibiendo haberes jubilatorios mientras continúan trabajando en relación de dependencia.
Esto es una clara violación del artículo 60° del Decreto-Ley N° 9650/80, que establece la incompatibilidad entre la jubilación y el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con la única excepción de los servicios docentes. La normativa obliga a los jubilados a denunciar esta situación, so pena de tener que reintegrar los haberes percibidos indebidamente.
¿Qué significa esto para los afectados? El IPS está intimando a los beneficiarios a que, en un plazo perentorio de quince (15) días desde la notificación, presenten toda la documentación que acredite el cese de la relación laboral o, en su defecto, las excepciones previstas (como el caso de los docentes, para quienes se exige un informe detallado de sus funciones).
La medida más drástica es la que viene después: si no se cumple con la intimación, el IPS procederá a la suspensión preventiva del pago de la totalidad de los beneficios. Además, se liquidará el correspondiente cargo deudor por los haberes percibidos indebidamente, conforme al artículo 61° del Decreto-Ley N° 9650/80 y la Resolución N° 8/12.
Este es un claro mensaje de que el Estado provincial refuerza los controles sobre el gasto previsional y busca evitar la doble percepción de ingresos. Los jubilados que estén en esta situación deben actuar con celeridad para evitar la suspensión de sus haberes y la generación de deudas millonarias. La transparencia y la regularización son las claves para no caer en la mira del IPS.
Información de valor para el lector: Si sos jubilado del IPS y seguís trabajando, revisá tu situación. Tenés 15 días para presentar la documentación que justifique tu actividad o tu cese laboral. De lo contrario, tu beneficio puede ser suspendido y se te reclamarán los montos percibidos indebidamente. Estar atento al Boletín Oficial y a las comunicaciones del IPS es crucial para evitar sorpresas desagradables.