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La Aduana de Colón intensifica su lucha contra el contrabando, aplicando sanciones económicas exorbitantes y penas severas, como inhabilitaciones de por vida. Sin embargo, no todo es condena: un caso reciente demuestra que la justicia aduanera también puede sorprender con sobreseimientos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Aduana de Colón, ha vuelto a dejar en claro que la impunidad no tiene cabida en sus fronteras. En una serie de avisos oficiales, se revelan condenas contundentes por infracciones aduaneras que van desde el contrabando menor hasta intentos de evasión millonaria.
En dos casos, los ciudadanos María Isabel CORBALÁN (D.N.I. Nº 27.425.608) y Eduardo Nicolás MUCHEWICZ (D.N.I. Nº 43.071.101) fueron condenados por contrabando menor. Corbalán, descubierta con 29 paquetes de yerba ocultos en su vehículo, deberá afrontar una multa de $23.309,35 y el comiso de la mercadería. Muchewicz, por su parte, fue sancionado con una multa de $51.550,97 y se le confirmaron derechos de importación adeudados por U$S600,56. Ambos tienen un plazo de quince días para abonar y la posibilidad de apelar ante el Tribunal Fiscal de la Nación, una vía legal que subraya el debido proceso incluso en estas situaciones.
El caso más impactante es el de Gabriel Gustavo VIVIANI (D.N.I. Nº 25.433.763), declarado penalmente responsable de contrabando de importación en grado de tentativa. La Aduana resolvió el comiso de un semirremolque rodante para acampar (marca “Holiday Rambler”, modelo “Presidential”, año 2006) y una multa colosal de $3.616.196,00. Pero la sanción no termina ahí: Viviani recibió una inhabilitación especial perpetua para desempeñarse en cualquier rol aduanero (despachante, agente de transporte, etc.) y una inhabilitación por CINCO (5) AÑOS para ejercer actividades de importación o exportación. Este fallo envía un mensaje claro: la Aduana no solo busca recuperar lo evadido, sino también erradicar la participación de infractores en el comercio exterior.
En un contraste notable, el ciudadano uruguayo Oscar Gabriel SCHMIDT WALLACE (C.I. R.O.U. Nº 1.136.273-8) fue sobreseído en su causa, ya que los hechos investigados no configuraron una infracción aduanera. Se le intima a retirar la mercadería en un plazo de quince días hábiles, o esta será dispuesta por la Secretaría General de la Presidencia de la Nación para su comercialización o destrucción. Este desenlace muestra que el sistema aduanero, aunque implacable con los culpables, también garantiza la justicia cuando no hay pruebas de ilicitud.
Estos avisos demuestran la constante vigilancia de la Aduana de Colón, protegiendo las arcas del Estado y el comercio legítimo. Para los ciudadanos comunes, la lección es clara: conocer y respetar las normativas aduaneras es fundamental para evitar dolores de cabeza y sanciones devastadoras. Estar informado a través de los canales oficiales de la AFIP y el Código Aduanero es clave para futuras actualizaciones.