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Delegación de facultades para aprobar o denegar etiquetado y publicidad de tabaco busca agilizar la gestión, ¿una luz verde para la industria o más control efectivo?
El Ministerio de Salud de la Nación ha decidido pisar el acelerador en la fiscalización de los productos de tabaco. A través de la Resolución 2312/2025, se delegan en el titular de la Secretaría de Gestión Sanitaria las facultades para autorizar o denegar las solicitudes de etiquetado y publicidad de nuevos productos que presenten las empresas fabricantes e importadoras. Esta movida, que entrará en vigencia a partir de su dictado, busca brindar mayor celeridad al trámite y obtener mayor agilidad y capacidad de respuesta, según lo expresado en el Boletín Oficial.
La medida centraliza en una única figura la decisión sobre cómo se presentan los productos de tabaco al público. Si bien se menciona que la decisión se tomará "en función de la observación por parte de éstas de las Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco", aprobadas por la Resolución N° 143/2022, la celeridad podría interpretarse de dos maneras. Para algunos, es una optimización burocrática necesaria para que las regulaciones se apliquen de forma más eficiente. Para otros, podría generar inquietud sobre la rigurosidad de los controles ante la presión de la industria, aunque la ley 26.687 sigue vigente y busca reducir el consumo y la exposición al humo de tabaco.
El objetivo declarado sigue siendo la prevención y asistencia de la población ante los daños del tabaquismo, prohibiendo términos engañosos como "Light" o "Suave". La pregunta es si esta centralización, al eliminar pasos intermedios, hará que el control sea más efectivo o, por el contrario, más permeable a intereses sectoriales.
"Reducir el consumo de productos elaborados con tabaco; reducir al mínimo la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo..." - Art. 2º Ley N° 26.687.
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