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Una nueva resolución de ARCA trae un respiro para contribuyentes que reciben subsidios o tienen IVA reducido, facilitando el acceso al certificado de exclusión de retenciones y percepciones. ¿Es una medida justa o abre la puerta a la discrecionalidad?
¡Noticia de último momento para el bolsillo de muchos! La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha emitido la Resolución General 5774/2025, una medida que busca flexibilizar la obtención del 'Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado'. Esta decisión, que entra en vigencia de inmediato y aplica incluso a trámites pendientes, es presentada como un 'alivio' que complementa las políticas del Poder Ejecutivo Nacional.
¿Quiénes son los grandes beneficiados? Principalmente, aquellos contribuyentes que:
Y, crucialmente, siempre que no dispongan de un régimen de devolución de saldos técnicos del gravamen que se encuentre operativo. Para ellos, el juez administrativo competente podrá resolver el recurso de disconformidad sin considerar un requisito específico (inciso h) del artículo 4° de la RG 2.226).
En la práctica, esto significa que ARCA está abriendo una ventana para que estas empresas, a menudo con saldos a favor de IVA por las particularidades de sus actividades, puedan evitar retenciones y percepciones excesivas. El objetivo es mejorar su flujo de fondos y reducir la presión fiscal. Sin embargo, la redacción 'podrá resolver' deja un margen de discrecionalidad que podría generar interpretaciones. Es un gesto de alivio, pero la lupa estará puesta en cómo se aplica. ¿Un paso hacia una administración tributaria más sensible o un parche a problemas estructurales?