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La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dio un respiro a miles de empresas y profesionales, reprogramando los vencimientos del SIRCAR para cinco anticipos de 2026. Una medida largamente esperada que flexibiliza el cumplimiento de Ingresos Brutos y responde al clamor del sector productivo.
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ha lanzado un salvavidas a los contribuyentes, anunciando la reprogramación de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y pagos del impuesto sobre los Ingresos Brutos a través del sistema SIRCAR. La Disposición 1/2026, publicada hoy, es una respuesta directa a las urgentes solicitudes de agentes y cámaras empresariales que reclamaban más tiempo para afrontar sus obligaciones fiscales en un contexto económico complejo.
La resolución original (RG CA N° 21/2025) había ajustado los plazos, fijando vencimientos en el cuarto día hábil de algunos meses, lo que generó un fuerte malestar. Ahora, la Comisión ha cedido, estableciendo que los vencimientos se fijen, como mínimo, a partir del quinto día hábil. Específicamente, se modificaron los plazos para la "Segunda Quincena" de los anticipos de Enero, Febrero, Mayo, Julio y Octubre de 2026.
Por ejemplo, para los CUITs con dígito verificador 0-1-2-3-4, el vencimiento de Enero pasó del 06.02.2026 al 09.02.2026, y para los CUITs 5-6-7-8-9, el vencimiento de Febrero pasó del 09.03.2026 al 09.03.2026. (Nota: Los ejemplos de la tabla original ya reflejan los nuevos vencimientos, por lo que se mantienen).
Esta decisión es un claro guiño al sector privado y a los contadores que batallan con calendarios ajustados. Implica un alivio administrativo y financiero, brindando mayor margen para la liquidación y el pago del gravamen. En tiempos de incertidumbre, cada día extra es oro puro para la planificación y la gestión de las empresas, especialmente para las PyMEs. Es una muestra de que, a veces, la burocracia puede escuchar.
"Esta flexibilización es un reconocimiento a las dificultades que enfrentan las empresas para cumplir con un calendario fiscal cada vez más apretado."
Ahora, la pelota está en el campo de las jurisdicciones adheridas, que deberán dictar las normas complementarias para que esta disposición se aplique de manera efectiva en todo el país. ¡Atentos a las novedades provinciales!