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La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ajusta el valor del MOPRE, la unidad de referencia para multas, impactando directamente en Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y Empleadores Autoasegurados.
Una actualización crucial para el mundo laboral y las empresas acaba de ser publicada. La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT), mediante la Resolución 31/2025, estableció en PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y CUATRO CON 85/100 ($ 68.044,85) el nuevo importe del MOPRE (Módulo Previsional). Esta cifra, que entra en vigencia a partir del 1° de julio de 2025, es de vital importancia ya que el MOPRE es la unidad de referencia para calcular las multas por incumplimientos a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los Empleadores Autoasegurados (E.A.), según lo estipulado en la Ley N° 24.557.
El ajuste se produce en línea con la reciente Resolución N° 251/2025 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que actualizó el Haber Mínimo Garantizado a PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 79/100 ($ 309.294,79) para julio de 2025, con una movilidad del 1,50%. El valor del MOPRE se calcula como el 22% de dicho haber mínimo, según lo establecido por el Decreto N° 1.694/09.
Esta medida, aunque técnica, tiene un impacto directo en la planificación financiera y la gestión de riesgos de las empresas, subrayando la importancia de mantenerse al día con las normativas de seguridad social.