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El Presidente Milei, con el aval del Ministro Petri, rechazó el último intento administrativo de Horacio Losito para revertir su baja del Ejército. Las condenas firmes por delitos de lesa humanidad sellan su destino en la fuerza.

Un nuevo capítulo en la lucha contra la impunidad se escribió hoy en el Boletín Oficial. El Presidente de la Nación, Javier Milei, y el Ministro de Defensa, Luis Petri, firmaron el Decreto 841/2025 que rechaza el recurso jerárquico interpuesto por el ex militar Horacio LOSITO, confirmando así su baja definitiva de las filas del EJÉRCITO ARGENTINO. La medida ratifica una decisión anterior del MINISTERIO DE DEFENSA (Resolución N° 72/25) y pone fin a la vía administrativa de un caso de alta sensibilidad pública.
El núcleo de esta drástica decisión radica en las firmes condenas judiciales que pesan sobre LOSITO. El decreto menciona explícitamente la sentencia del TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE CORRIENTES del 5 de agosto de 2008, que lo condenó a VEINTICINCO (25) años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por delitos como asociación ilícita agravada y privación ilegal de la libertad. Además, se suma otra condena a prisión perpetua e inhabilitación absoluta en la causa "RENES, ATHOS GUSTAVO Y OTROS", también firme.
La defensa de LOSITO intentó argumentar la nulidad del acto por falta de motivación y competencia del Ministro de Defensa. Sin embargo, el Gobierno fue tajante: la baja no es una sanción disciplinaria, sino una consecuencia directa e ineludible de las condenas penales que, según el artículo 20, inciso 6º de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, implican la pérdida del estado militar. Además, se recordó que la facultad para disponer retiros y bajas obligatorias de oficiales superiores está delegada en el Ministro de Defensa por el Decreto N° 721/2016.
"Cuando la fuente del derecho que conduce a un comportamiento de la Administración es un fallo judicial – que culmine normal o anormalmente un proceso-, es jerárquicamente superior a las demás..."
Este pronunciamiento de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN subraya la supremacía de las sentencias judiciales firmes. Para el ciudadano común, este decreto es un claro mensaje de que la justicia, aunque a veces lenta, prevalece, y que las condenas por crímenes de lesa humanidad tienen consecuencias irreversibles en la carrera y estatus de los implicados. Se agota la vía administrativa, y la decisión presidencial es final en este ámbito.