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Santiago Castro Videla, Procurador del Tesoro de la Nación, se excusa de intervenir en los resonantes casos 'Petersen' y 'Grupo Concesionario del Oeste', donde Argentina enfrenta millonarias demandas. La decisión, tomada por 'decoro y delicadeza', busca preservar la imagen de la función pública, dejando al Subprocurador al frente de estas batallas legales cruciales.
Un movimiento sorpresivo en el ámbito legal del Estado. El Decreto 122/2025 acepta la excusación del Procurador del Tesoro de la Nación, Santiago María Castro Videla, para intervenir en dos litigios internacionales de altísimo perfil que tienen a la República Argentina como protagonista. Se trata de los casos “Petersen Energía Inversora, S.A.U. and Petersen Energía, S.A.U. v. Argentine Republic and YPF S.A.” en la Corte de Distrito de Nueva York, y “Grupo Concesionario del Oeste S.A. (Argentina) c/ Estado Nacional – República Argentina (Argentina)” en la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI.
La solicitud de excusación, presentada por el propio funcionario, se fundamenta en razones de 'decoro y delicadeza', citando el principio de 'Prudencia' del Código de Ética de la Función Pública. Este código establece que el ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad y evitar acciones que pongan en riesgo la imagen de los servidores públicos. Al aceptar la excusación, el Poder Ejecutivo busca blindar la transparencia y la ética en la representación legal del Estado en estos complejos y millonarios juicios.
Con la excusación aceptada, será el Subprocurador del Tesoro quien asuma la representación de la República Argentina en estos delicados expedientes. La Ley N° 18.777, en su artículo 5°, inciso 3), prevé expresamente que el Subprocurador reemplazará al titular en casos de ausencia, excusación, recusación, impedimento o vacancia. Esta medida, aunque administrativa, resalta la sensibilidad y la magnitud de los intereses en juego para el país en el escenario judicial internacional, donde se definen potenciales desembolsos multimillonarios.