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El Gobierno patea la habilitación de nuevas Sociedades de Garantía Recíproca hasta 2026 y ajusta las tuercas a las existentes. Más control, nuevas reglas para invertir y un régimen de sanciones que no perdona. ¿Libertad o corset para las PyMEs?
Esta resolución es un terremoto para el ecosistema de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) en Argentina. El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, ha decidido ponerle un freno de mano a la creación de nuevas SGR, suspendiendo las autorizaciones hasta el 31 de diciembre de 2026. ¡Una medida que ya genera polémica!
Pero no solo eso. La normativa ajusta severamente el cinturón a las SGR ya operativas. Se amplía el régimen de transferencia de información con la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), lo que significa una lupa mucho más grande sobre los movimientos de capital y los beneficios fiscales.
Se desregulan parcialmente los aportes al Fondo de Riesgo sin beneficio fiscal, eliminando el tiempo mínimo de permanencia, buscando incentivar el capital que no busca la ventaja impositiva. Sin embargo, se establecen pautas mucho más precisas sobre qué conceptos son imputables al Fondo de Riesgo, y se refuerzan las obligaciones de las Entidades de Custodia.
Un cambio clave para las inversiones es que los depósitos en pesos (inciso d) ahora deben estar en cuentas locales de las propias Entidades de Custodia contratadas por la SGR, y se eliminan las cajas de ahorro para personas jurídicas. ¡Ojo acá, porque las SGR tienen hasta el 28 de febrero de 2026 para adaptarse! Como novedad, se incorpora la posibilidad de invertir en Facturas de Crédito Electrónica, abriendo un nuevo abanico para los activos PyME.
El Anexo 3, que regula las infracciones, fue reformulado con mano dura. Se redefine la graduación de sanciones, tipificando como infracciones muy graves desde operar sin autorización hasta incumplir el deber de honrar garantías o no informar la contratación del custodio. Lo más impactante: se habilita a la Autoridad de Aplicación a sancionar directamente a los directores, administradores, síndicos y gerentes generales con multas de hasta $5.000.000 e inhabilitaciones temporales o permanentes. Esto es un claro mensaje de responsabilidad individual.
"El objetivo es un uso responsable, justificado, previsible, eficiente y riguroso del costo fiscal que comporta el beneficio impositivo", dice la resolución.
En resumen, el Gobierno busca un control más estricto y una mayor transparencia en el sistema SGR, pero a costa de una suspensión en la creación de nuevas entidades y un aumento significativo de la regulación para las existentes. ¿Será esto un impulso a la eficiencia o una barrera para el crecimiento? Solo el tiempo lo dirá.