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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una resolución que sacude el sistema: ahora, para poder apelar un fallo, se deberá considerar el valor de la deuda ¡actualizado con intereses o por IPC! Un cambio que podría disparar el número de recursos y afectar a miles.
¡Atención, litigantes y empresas! La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo acaba de sentar un precedente que hará temblar los cimientos de los juicios laborales. A través de su Resolución 19/2024, publicada en un movimiento estratégico, se modifican las reglas del juego para determinar si un caso puede llegar a una segunda instancia, la tan ansiada apelación.
La clave está en el artículo 106 de la Ley 18.345, que establece un 'piso de apelabilidad': si el monto en disputa no supera cierto valor (equivalente a 300 veces el derecho fijo de la Ley 23.187), la sentencia es inapelable. El problema, en un país con la inflación galopante como Argentina, es que este 'valor' se calculaba históricamente, dejando afuera los intereses y la desvalorización de la moneda. ¡Una verdadera injusticia para quien esperaba años por un fallo!
La Cámara, harta de la disparidad de criterios entre jueces y de la restricción de facto al acceso a la justicia, decidió meter mano. A partir de ahora, para cotejar el monto de la apelación con el 'piso', se deberán considerar los intereses y acrecidos fijados en la sentencia. Y si la sentencia no dice nada, ¡ojo!, el valor nominal histórico deberá ser actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esto significa que un monto que antes era 'demasiado bajo' para apelar, ahora, con la actualización, ¡podría superar el umbral y abrir la puerta a la alzada!
Para los trabajadores, esta es una buena noticia: sus créditos, a menudo devaluados por el tiempo, recuperan poder y facilitan el acceso a una revisión judicial. Ya no se verán bloqueados por un 'valor nominal' que no refleja la realidad económica. Es un guiño a la seguridad jurídica y a la previsibilidad de las decisiones.
Para las empresas, el panorama es más complejo. Si bien la claridad siempre es bienvenida, esta medida podría significar un aumento en la cantidad de apelaciones que enfrentan, ya que más fallos alcanzarán el umbral. Esto podría generar una mayor carga procesal y, potencialmente, prolongar la duración de los litigios y sus costos asociados. La resolución busca equilibrar la balanza en un contexto inflacionario, reconociendo que la justicia debe adaptarse a la realidad económica del país.
"...la falta de una previsión expresa respecto del modo de cuantificar el crédito a efectos de tal ponderación ha llevado a la generación de una diversidad de criterios entre los/as jueces/zas y tribunales..."
Este cambio es un claro intento de la justicia de adaptarse a la realidad inflacionaria argentina, evitando que la desvalorización de la moneda se convierta en una barrera insalvable para el acceso a la justicia. Estar informado sobre cómo se actualizan los créditos laborales será clave para cualquier persona o empresa involucrada en un juicio. Se espera que esta medida genere un debate intenso y, probablemente, un incremento en la actividad de los tribunales de alzada. ¡A estar atentos a las próximas novedades judiciales!