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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación revoluciona Puerto Nuevo al desafectar la codiciada "Franja Catalinas", liberando tierras para un futuro incierto y desatando especulaciones sobre su destino. ¿Un golpe de timón para el desarrollo urbano o una movida controvertida?
Un cimbronazo sacude el corazón portuario de Buenos Aires. La AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPyN), flamante autoridad única, acaba de aprobar por Resolución 29/2025 la modificación de los límites terrestres y acuáticos de Puerto Nuevo, generando un terremoto en el sector inmobiliario y de logística. El epicentro de esta decisión es la desafectación de la famosa "Franja Catalinas", un terreno estratégico sobre la Avenida Madero que, según la ANPyN, ya estaba siendo usado para "actividades ajenas a la actividad portuaria".
En la práctica, la franja de Catalinas, que había sido oportunamente vendida en subasta pública a terceros adquirentes de buena fe, deja de pertenecer formalmente a la jurisdicción portuaria. Esto es un cambio fundamental respecto a la Disposición 36/2001, que la incluía. La medida no solo blanquea una situación de hecho donde la zona se había "alejado del ámbito portuario", sino que abre la puerta a nuevas oportunidades de desarrollo urbano o comercial en una de las áreas más cotizadas de la Capital Federal. La ANPyN, creada por el DNU N° 3 del 3 de enero de 2025, se consolida como la única Autoridad Portuaria Nacional y tiene ahora la facultad explícita de disponer de estos bienes estatales.
Para los ciudadanos, esta redefinición podría significar la aparición de nuevos proyectos edilicios, comerciales o de servicios en una zona clave, cambiando la fisonomía de un sector históricamente ligado al puerto. Para las empresas, especialmente las que ya adquirieron terrenos en esa franja, representa una clarificación jurídica que podría impulsar sus inversiones. Sin embargo, también genera interrogantes sobre la planificación urbana a largo plazo y el equilibrio entre el desarrollo inmobiliario y las necesidades portuarias. La decisión subraya la tendencia a la desregulación y optimización de bienes estatales, buscando eficiencia y nuevas fuentes de valor en activos subutilizados.
"La presente medida resulta entonces modificatoria de la Disposición 36 del 25 de septiembre de 2001 [...] toda vez que se propicia modificar los límites de la Jurisdicción Portuaria que dicha norma dispuso..."
Este movimiento estratégico de la ANPyN podría ser el preludio de otras redefiniciones en el uso del suelo portuario, marcando una nueva era para la gestión de estos valiosos activos nacionales. Estaremos atentos a las próximas jugadas en este tablero de ajedrez urbano-portuario.
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