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Una beneficiaria de pensión por fallecimiento en la Provincia de Buenos Aires se enfrenta a la quita de su beneficio y a una deuda de casi $700.000 por no cumplir con los estrictos requisitos de estudios y estado civil. El IPS no perdona.

El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) ha emitido la Resolución N° 4.286, desatando un verdadero revuelo en el ámbito previsional. La medida caduca el beneficio pensionario de María Candela PORTANET y, lo más impactante, le exige la devolución de $692.198,73 por haberes percibidos indebidamente entre el 8 de febrero de 2014 y el 1 de agosto de 2016. ¡Una cifra que golpea fuerte el bolsillo!
La historia se remonta al fallecimiento de Carlos Alberto PORTALET el 14 de septiembre de 2007, padre de la beneficiaria. María Candela accedió a la pensión, cuya prórroga estaba supeditada a que, una vez cumplidos los 18 años (cosa que ocurrió el 2 de agosto de 2009), acreditara regularmente sus estudios conforme al artículo 37 del Decreto-Ley N° 9650/80 T.O. 600/94. Este artículo es claro: la pensión se mantiene hasta los 25 años si se cursan estudios secundarios, terciarios o superiores y no se desempeñan actividades remuneradas. Además, el artículo 34 establece que los hijos deben ser solteros.
El problema estalló cuando la beneficiaria solo pudo acreditar estudios hasta el 7 de febrero de 2014. Para colmo, no presentó certificados para el ciclo lectivo 2015 y, en una declaración jurada de 2016, declaró ser casada. Estos dos puntos fueron letales para su pensión.
"La no acreditación de esas circunstancias (...) producirá la suspensión de la pensión o de la cuota parte correspondiente y en su caso, la obligación de reintegrar lo percibido indebidamente, con más sus intereses."
Esta resolución del IPS envía un mensaje claro: la fiscalización de los beneficios es estricta. Para la sociedad, es un recordatorio de la importancia de conocer y cumplir al pie de la letra las normativas previsionales. Para los beneficiarios, significa mantener la documentación al día y comunicar cualquier cambio de situación personal o académica. La intimación a María Candela PORTANET para que pague o proponga un plan de pago en un plazo perentorio de 10 días, bajo apercibimiento de acciones legales y aplicación de intereses, subraya la seriedad con la que el Estado bonaerense se toma la recuperación de fondos.
¿Cómo evitar un dolor de cabeza similar? Es crucial estar al tanto de los requisitos de prórroga de beneficios, presentar los certificados de estudio en tiempo y forma, y notificar cualquier cambio en el estado civil o laboral. El IPS ofrece canales como los Centros de Atención Previsional (CAP) o turnos no presenciales para trámites, que pueden ser vitales para evitar estas situaciones críticas.
Un dato curioso: en la notificación se menciona una Resolución N° 040330 de fecha 11 de febrero de 2026, publicada en el Boletín Oficial del 13 de abril de 2026. Esto refleja la complejidad y a veces la demora en los procesos administrativos, aunque en este caso, se trata de una resolución reciente que aborda un caso con antecedentes de varios años. Este tipo de demoras, aunque comunes, pueden generar situaciones delicadas para los involucrados.
Para el ciudadano común, la lección es dura pero clara: el Estado vela por el correcto uso de los fondos previsionales. ¡No hay que dormirse en los laureles!