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El Gobierno ratificó el traslado de una funcionaria diplomática, Vanessa Sosa, poniendo fin a una batalla administrativa que denunciaba arbitrariedad y vicios en la decisión.
Un polémico decreto presidencial acaba de sellar el destino de Vanessa Irma Sosa, Agregada para Asuntos Administrativos de Primera Clase, al rechazar su recurso jerárquico contra un traslado forzoso desde la Embajada de Argentina en Surinam hacia el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Sosa había denunciado la decisión como "arbitraria e ilegal", argumentando vicios en la causa, objeto y motivación de la Resolución N° 241/24 que ordenó su retorno. Sin embargo, el Gobierno, citando el artículo 21, inciso c) de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación, esgrime que los funcionarios están obligados a cumplir las misiones encomendadas y no pueden excusarse. El Ministerio de Relaciones Exteriores justificó el traslado en "restricciones presupuestarias" y la necesidad de "economizar la utilización de los recursos estatales", priorizando el personal existente en el exterior. Incluso la Cámara Contencioso Administrativo Federal había revocado una medida cautelar a favor de Sosa en abril de 2025, no advirtiendo "arbitrariedad o ilegalidad" en el accionar de la Administración. Con esta medida, se agota la vía administrativa para Sosa, quien ahora solo tiene la opción de la acción judicial en un plazo de 180 días. Este caso pone en evidencia la tensión entre los derechos individuales de los empleados públicos y las facultades discrecionales del Estado para gestionar su personal, especialmente en el contexto de supuestas políticas de austeridad. Los ciudadanos deben recordar que, en la administración pública, las "órdenes de servicio" suelen tener primacía sobre las preferencias individuales, especialmente cuando se invocan razones de interés público o presupuestarias. Para futuras actualizaciones, se deberá seguir el expediente judicial si la funcionaria decide continuar con su reclamo.