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Una ráfaga de decretos presidenciales sepulta las esperanzas de ex empleados públicos del Ministerio de Salud y el Servicio Penitenciario Federal, confirmando despidos y exoneraciones. ¿Justicia o mano dura sin piedad?
El Boletín Oficial de hoy trae una serie de resoluciones que cierran la puerta a varias apelaciones de ex funcionarios públicos, en un claro mensaje de la administración actual sobre la estabilidad en el empleo estatal. Tres decretos contundentes desestiman recursos jerárquicos y de revocatoria, dejando a los afectados con la única vía judicial.
Primero, el Decreto 7/2025 fulmina el recurso de la Licenciada Telma Gladys Arias, quien había impugnado la limitación de su designación transitoria como Directora de Programación y Control Presupuestario del Ministerio de Salud en 2017. La resolución presidencial ratifica que, al no haber accedido al cargo por concurso público, no le asiste el derecho a la estabilidad que reclamaba. La funcionaria pedía una indemnización por los "perjuicios causados", pero el Ejecutivo le bajó el pulgar, argumentando que la medida original se basó en "razones operativas" para optimizar el servicio.
Luego, el Decreto 8/2025 confirma la exoneración del ex Adjutor Principal Nicolás Manuel Asselborn del Servicio Penitenciario Federal. Su destino quedó sellado tras una condena por "omisión de funcionario público en evitar torturas" a un detenido. El Gobierno desestima su recurso de revocatoria, respaldándose en la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal, que establece la separación del agente y la pérdida del estado penitenciario ante una condena firme por delito doloso o inhabilitación para funciones públicas. La Procuración del Tesoro de la Nación ya había sostenido que la graduación de la sanción queda a la "prudente discrecionalidad de la autoridad".
Finalmente, el Decreto 9/2025 arremete contra el ex Alcaide Mayor Miguel Ángel Perrotta, también del Servicio Penitenciario Federal. Perrotta, un abogado que se desempeñaba en el Escalafón Profesional, había sido exonerado por faltas gravísimas como "conducta indecorosa", "desobediencia ostensible" y "cambios administrativos sin autorización". El ex funcionario se defendió alegando una "persecución" por investigar a autoridades del SPF y políticos, en una supuesta lucha contra la corrupción. Sin embargo, el Gobierno no encontró "elementos novedosos" que conmovieran la decisión original, ratificando la legalidad del sumario administrativo y desestimando su recurso.
Estos casos, aunque individuales, reflejan la postura férrea del Gobierno en la reestructuración del Estado y el cumplimiento de las normativas de empleo público. Para los ciudadanos, es un recordatorio de que las designaciones transitorias tienen límites claros y que la estabilidad en la función pública no es un derecho adquirido universalmente, sino que está supeditada a estrictos procesos de selección. Además, subraya la tolerancia cero ante conductas delictivas o graves faltas disciplinarias en las fuerzas de seguridad. Los afectados ahora tienen 180 días hábiles para buscar justicia en los tribunales.