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El Banco Central intensifica su persecución contra supuestas infracciones cambiarias y financieras, citando a empresarios y particulares. ¡La lupa del regulador se posa sobre la operatoria del mercado!
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) no da tregua y, a través de una ráfaga de Avisos Oficiales, cita y emplaza a una serie de individuos y empresas por presuntas infracciones a la Ley del Régimen Penal Cambiario (Ley N° 19.359) y otras normativas financieras. La Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario y en lo Financiero se encuentra en plena acción, convocando a los implicados a comparecer en sus oficinas de Reconquista 250/266 para 'estar a derecho' y presentar sus defensas.
Entre los señalados figuran Hanz Alexander Castillo Rebaza (DNI 95.315.483) y Yrismar Patricia Perdomo Carrizo (DNI 95.722.674), arrastrados al Sumario 8249. También el señor Fabián Enrique Sena (DNI 26.299.312), vinculado al expediente 'EISSEN INNOVACIONES CONSTRUCTIVAS S.A. Y OTROS' (Sumario 8340). La lupa también se posa sobre Fernando Andrés GAITAN (DNI 30.387.875) y la empresa BEEF PILAR S.A.S. (CUIT 30-71650800-1) por el Sumario 8254.
Las citaciones continúan con BEECH FLYING S.A. (CUIT 30-70781185-0) y Leonardo SPOKOJNY (DNI 17.499.259) en el Sumario 8331. Asimismo, FRANCESCA GROUP S.A. (C.U.I.T. N° 30-71223739-9) y Fernando ERSONAS (D.N.I. N° 4.288.753) deberán responder en el marco del Sumario 8438, con la particularidad de que se les informa sobre la existencia de servicios jurídicos gratuitos.
Finalmente, la ex agencia de cambio Argencambio SAS (CUIT 30-71643589-6) y Fernando Luis SCAPIN (DNI 30.904.123) son emplazados por el Sumario Financiero N° 1668, bajo la órbita de las Leyes 18.924 y 21.526, que regulan las agencias de cambio y entidades financieras.
Todos tienen un plazo de 10 o 12 días hábiles bancarios para presentarse, bajo la advertencia de ser declarados en rebeldía. Esta serie de avisos demuestra la firme postura del BCRA en la fiscalización y sanción de operaciones que considera irregulares en un contexto de férreo control cambiario. La medida subraya el riesgo de operar fuera de las normativas vigentes y el constante escrutinio sobre el mercado de divisas y financiero.
7 de enero de 2026
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