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En un golpe de timón contra la brecha digital, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) obliga a prepagas y obras sociales a entregar credenciales físicas. ¡Se termina la dictadura del celular para acceder a la salud, garantizando la atención en todo el país!
¡Atención, afiliados! La Superintendencia de Servicios de Salud ha emitido la Resolución 1463/2025, una medida que promete ser un verdadero alivio para millones de argentinos. A partir de ahora, todas las Obras Sociales (Ley N° 23.660) y entidades de medicina prepaga (Ley N° 26.682) estarán obligadas a poner a disposición de sus beneficiarios una credencial física de identificación. Esto significa que, si bien las credenciales digitales seguirán existiendo, nadie podrá ser excluido del sistema de salud por no tener un smartphone, conectividad o la "alfabetización digital" necesaria.
La medida busca eliminar las barreras de acceso a la salud que imponía la exclusividad digital. La credencial física deberá ser emitida a simple solicitud del interesado, sin cargo alguno, y entregada en un plazo máximo de QUINCENO (15) días hábiles. Podrá ser retirada en un lugar habilitado por la entidad o enviada directamente al domicilio del afiliado. Esto es crucial para personas mayores, habitantes de zonas rurales con baja conectividad, o aquellos con recursos limitados para adquirir y mantener dispositivos tecnológicos.
La resolución destaca que la credencial física es un "instrumento simple, directo y accesible, que garantiza la atención en condiciones de equidad en todo el territorio nacional". Además, instruye a las entidades a implementar canales claros de información para que los usuarios conozcan su derecho a solicitarla y las vías para obtenerla.
Esta decisión de la SSS se enmarca en la necesidad de resguardar los principios de igualdad, no discriminación y autonomía en el acceso a un derecho fundamental como la salud. Es una respuesta a la creciente digitalización que, si bien facilita trámites para muchos, deja afuera a una parte significativa de la población. El incumplimiento de esta nueva obligación acarreará las sanciones previstas en el régimen sancionatorio vigente.
"No existe disposición normativa que imponga a los usuarios la obligación de utilizar exclusivamente credenciales digitales como medio de identificación para acceder a prestaciones de salud."
Para el ciudadano común, esto significa una mayor tranquilidad y seguridad de que su acceso a la atención médica no dependerá de la tecnología. Es un paso firme hacia un sistema de salud más inclusivo y menos excluyente. La resolución entrará en vigencia a los TREINTA (30) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial, por lo que las entidades tienen un plazo para adaptarse y los usuarios un tiempo para prepararse a ejercer este nuevo derecho.