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Una nueva Resolución del Ministerio de Justicia crea un **'Registro de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y Conexos'**, endureciendo los requisitos y la fiscalización. ¿Se termina la fiesta para algunos o es el inicio de una era de mayor transparencia para artistas y creadores?
El Ministerio de Justicia, con el Ministro Mariano Cúneo Libarona a la cabeza, ha desenvainado una medida que promete sacudir el mundo de la propiedad intelectual en Argentina. La Resolución 536/2025 no es un detalle menor: establece la creación de un 'REGISTRO DE SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS' dentro de la órbita de la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA). El objetivo, según el texto, es “garantizar el cumplimiento de los requisitos legales, la representación efectiva de los titulares de derechos, y la transparencia en la percepción y distribución de las remuneraciones correspondientes”.
¿Qué significa esto en la práctica? Las sociedades que gestionan derechos de autor, como SADAIC o ARGENTORES, ahora deberán obtener una autorización expresa de la DNDA para operar. Esta autorización, que se tramitará de forma electrónica, estará sujeta a una serie de requisitos detallados en los anexos de la resolución. Y atención, porque si antes había cierta flexibilidad, la norma advierte que el silencio administrativo no será positivo; es decir, la falta de respuesta de la autoridad no implicará una aprobación tácita. Esto podría ralentizar trámites y generar incertidumbre en el sector.
Además, la DNDA tendrá amplias facultades de fiscalización, inspección y vigilancia. Las sociedades deberán informar cualquier modificación estatutaria o reglamentaria con una anticipación mínima de VEINTE (20) días hábiles antes de su aprobación, y presentar declaraciones juradas periódicas con información detallada para mantener su autorización. El incumplimiento podría llevar a la suspensión o revocación de la habilitación, una verdadera espada de Damocles sobre estas entidades.
Otro punto caliente es la instrucción a la DNDA para que establezca un procedimiento de mediación obligatorio. Este mecanismo buscará resolver controversias entre usuarios o cámaras sectoriales y las sociedades de gestión colectiva, con la promesa de “promover soluciones consensuadas”. Si bien se presenta como una vía para evitar juicios, la imposición de un procedimiento de mediación estatal podría ser vista por algunos como una intervención excesiva en las negociaciones privadas.
Esta resolución, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, marca un cambio de paradigma en la gestión de derechos de autor, pasando de un modelo más autónomo a uno con una fuerte injerencia y supervisión estatal. Mientras el Ministerio celebra la transparencia, el sector artístico y las sociedades de gestión observarán con lupa cómo impacta este mega-control en su funcionamiento diario y en la agilidad de los procesos.