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La Dirección Nacional del Derecho de Autor pone orden en la gestión colectiva de derechos, aclarando plazos y exigiendo autorización para cualquier entidad que administre obras, buscando mayor transparencia.
El mundo de los derechos de autor en Argentina se sacude con la Disposición 3/2025 de la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA). Esta norma llega para poner claridad y mayor control en la gestión colectiva de derechos, un área vital para artistas, creadores y la industria cultural en general. La medida interpreta y complementa los recientes Decretos Nros. 138/2025 y 143/2025, que buscan modernizar y transparentar el sector.
La primera gran aclaración es sobre los plazos: los famosos Ciento Ochenta (180) días que tienen las sociedades de gestión colectiva para adecuar sus estatutos y reglamentos a las nuevas normativas, deberán computarse como días hábiles administrativos. Esto es un respiro para muchas entidades, que ahora contarán con más tiempo real para cumplir con las exigencias, evitando apuros y posibles sanciones. La flexibilidad reconoce la complejidad de estos procesos y la necesidad de una adaptación meticulosa.
Pero la DNDA no solo da aire, también aprieta tuercas. La Disposición establece de forma contundente que toda persona jurídica que pretenda realizar una o más tareas relativas a la gestión colectiva de derechos deberá cumplir con la normativa y obtener la autorización correspondiente. Esto incluye desde la administración, recaudación y percepción, hasta la liquidación, reparto, defensa, control y ejercicio de los derechos. La medida busca evitar vacíos legales y garantizar que todas las entidades que operan en este ámbito estén debidamente reguladas y autorizadas, promoviendo así la transparencia y la protección efectiva de los derechos de los autores y titulares de derechos conexos. Un paso firme hacia un ecosistema más ordenado y justo para la creación cultural.