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María Estela Rodríguez se queda sin pensión tras el fallecimiento de su pareja, José Esteban Krikorian. El Instituto de Previsión Social (IPS) de Buenos Aires dictaminó que *no se acreditó la convivencia legalmente exigida*, dejando un futuro incierto.
Un golpe duro para María Estela Rodríguez (DNI N° 13.424.740). El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires resolvió denegarle el beneficio de pensión solicitado tras el fallecimiento de su cónyuge/conviviente, José Esteban Krikorian, ocurrido el 9 de agosto de 2019. La razón es contundente: según el Artículo 34 del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994), no se pudo probar de manera suficiente la convivencia durante el lapso requerido por la ley.
Este caso resalta la rigurosidad con la que el IPS evalúa las solicitudes de pensión, especialmente en situaciones de convivencia que, aunque reales para los involucrados, no siempre cuentan con la documentación que el Estado exige. La falta de 'suficiente prueba documental' fue el factor determinante.
Para los ciudadanos, esta resolución es un recordatorio crucial de la importancia de formalizar y documentar las uniones convivenciales, así como de guardar todo tipo de comprobantes que acrediten la vida en común. Si bien la decisión es adversa, Rodríguez tiene la posibilidad de interponer un recurso de revocatoria dentro de los veinte días de notificada la resolución, tal como lo permite el Artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80. Una luz de esperanza en un proceso que, para muchos, es vital para su subsistencia.