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El Banco Central modifica el régimen de capitales mínimos para entidades financieras, con foco en el riesgo operacional. ¿Más exigencias para los bancos más pequeños?
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) vuelve a mover el tablero con la Comunicación 'A' 8342/2025, ajustando el Régimen Informativo Contable Mensual (R.I. - C.M.) sobre la Exigencia e Integración de Capitales Mínimos. La novedad principal recae en las entidades del Grupo 2, para quienes se adecúa el punto 5.1.2. de la Sección 5, que trata sobre la Exigencia por riesgo operacional.
Esto significa que los bancos considerados de 'Grupo 2' (generalmente aquellos de menor tamaño o con características específicas) deberán revisar y ajustar la forma en que calculan y reportan su exposición al riesgo operacional. La medida es una consecuencia directa de la reciente Comunicación 'A' 8329, lo que indica una secuencia de ajustes normativos por parte del BCRA para fortalecer la solvencia del sistema.
Para el sector financiero, esto implica una mayor rigurosidad en la gestión de riesgos y en la conformación de capitales, buscando prevenir shocks y garantizar la estabilidad. Aunque no afecta directamente al público con cambios en tasas, estas adecuaciones son vitales para la salud sistémica de los bancos y, por ende, para la confianza de los depositantes y el flujo del crédito. Los bancos deberán invertir en la adaptación de sus sistemas y procesos para cumplir con estas nuevas exigencias.