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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación desestimó la acusación de 'direccionamiento' en la polémica licitación de la Vía Navegable Troncal, desatando una fuerte controversia y dejando la puerta abierta a una batalla judicial que podría redefinir el futuro de la ruta fluvial más importante del país.
Un verdadero culebrón se desató en torno a la licitación de la Vía Navegable Troncal. La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) ha rechazado de plano el "reclamo impropio" presentado por la firma DREDGING INTERNATIONAL NV SUCURSAL ARGENTINA, que denunciaba un supuesto "direccionamiento" en la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2024. La empresa acusaba que los pliegos estaban diseñados para favorecer al actual operador del dragado.
La resolución mantiene en pie la licitación impugnada, que busca garantizar el dragado, balizamiento y mantenimiento de la estratégica Vía Navegable Troncal. DREDGING INTERNATIONAL NV había solicitado la suspensión urgente de todo el proceso y la anulación de la Disposición N° 34/24, pidiendo un nuevo llamado en 90 días. Sin embargo, la ANPYN, tras un exhaustivo informe técnico, concluyó que los parámetros de los pliegos son "adecuados, necesarios y proporcionados", y que la licitación se ajusta a los principios de transparencia, publicidad e igualdad.
Este rechazo no es el primer round. La justicia ya había desestimado una medida cautelar de la misma empresa en enero de 2025, afirmando que no se acreditó la "verosimilitud del derecho invocado" ni la arbitrariedad de la administración. Ahora, con la vía administrativa agotada, DREDGING INTERNATIONAL NV tiene la puerta abierta para continuar la contienda en los tribunales, lo que podría generar nuevas demoras e incertidumbre en un sector clave para la economía exportadora argentina. La ANPYN sostiene que la intención de la impugnante es "obstaculizar el procedimiento licitatorio con propósitos, objetivos, e intereses que resultan extraños al interés público".
"No se advierte del Pliego de Bases y Condiciones -a simple vista- las irregularidades alegadas por la parte actora, como así tampoco la supuesta intención de redireccionar la licitación para, en definitiva, favorecer a la empresa que actualmente presta el servicio de dragado de la vía troncal de navegación", sentenció el Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal.