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Una serie de decretos presidenciales sepulta las esperanzas de cinco empleados civiles de la Armada y Fuerza Aérea, quienes buscaban una mejor reubicación escalafonaria y salarial tras años de disputas. La administración Milei cierra la puerta administrativa, empujándolos a la justicia.
¿Qué cambió exactamente? El Presidente Milei, mediante los Decretos 500/2025, 501/2025, 499/2025, 502/2025 y 503/2025, ha rechazado de forma definitiva los recursos jerárquicos interpuestos por cinco agentes civiles de la Armada y la Fuerza Aérea Argentina. Estos empleados buscaban revertir sus reencasillamientos (reclasificaciones) de 2017, argumentando que no se correspondían con sus títulos, experiencia o antigüedad. La decisión presidencial ratifica las resoluciones del Ministerio de Defensa y agota la vía administrativa para estos trabajadores.
¿Cómo afecta a la sociedad/empresas/individuos? Directamente, afecta a Omar Aníbal GUAIQUIL (DNI 21.055.557), Graciela Mabel RODRÍGUEZ ABBAS (DNI 17.708.629), Elida Beatriz BRIZUELA (DNI 20.392.924), José Darío Sebastián TEVES (DNI 23.424.317) y Sergio Daniel HAAG (DNI 35.873.355), quienes ven frustradas sus pretensiones de un mejor encasillamiento y, presumiblemente, una mejora salarial. Indirectamente, sienta un precedente para otros empleados públicos que pudieran estar en situaciones similares, mostrando la firmeza del Ejecutivo en la aplicación de los convenios colectivos. La puerta a la justicia queda abierta, lo que podría generar una ola de litigios contra el Estado.
Contexto relevante y antecedentes: Los reclamos se originan en el proceso de reencasillamiento de 2017, basado en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (homologado por Decreto N° 2539/15). Este proceso buscaba ordenar la situación escalafonaria del personal. Los agentes argumentaron que se subestimaron sus antecedentes (estudios, antigüedad, puestos anteriores), mientras que la administración insistió en la correcta aplicación de los artículos 132 a 141 del convenio, considerando la categoría de revista al 30 de junio de 2015 o 31 de octubre de 2016.
Análisis de las implicaciones: La decisión del Gobierno de rechazar estos recursos subraya una política de ajuste y austeridad en la administración pública, evitando la readecuación de cargos que implicaría mayores gastos salariales. La referencia a la "OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO" es un claro indicio de la línea ideológica del gobierno, que busca optimizar y reducir el gasto público. Los afectados, ahora con la vía administrativa agotada, tienen 180 días hábiles judiciales para iniciar acciones legales, lo que podría derivar en costosos juicios para el Estado.
Información de valor para el lector: Si sos empleado civil de las Fuerzas Armadas y te sentís afectado por tu reencasillamiento, este es un llamado de atención. El Ejecutivo no cede en la vía administrativa. Consultá un abogado para evaluar tus opciones judiciales, ya que es la única vía que queda.
"...con el dictado del presente acto administrativo queda agotada la vía administrativa... quedando expedita la acción judicial, la que podrá ser interpuesta dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales..." (Decreto 500/2025, Artículo 2°)