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Un decreto presidencial ratifica el rechazo a la promoción de una funcionaria, agotando la vía administrativa y abriendo la puerta a una batalla judicial. ¿Hay justicia o solo burocracia en el Estado?
El Gobierno, con la firma del Presidente MILEI y la Ministra SANDRA PETTOVELLO, le asestó un golpe final a la aspiración de ascenso de la señora Alicia Cristina JORGE, una empleada pública que buscaba escalar al Nivel B del Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP). A través del Decreto N° 132/2025, se rechazó el recurso jerárquico que había interpuesto la funcionaria, dando por agotada la vía administrativa en una decisión que podría sentar precedente.
La señora JORGE se postuló para ascender de nivel, pero su solicitud fue rechazada por no cumplir con los requisitos excluyentes del escalafón, según interpretó el Comité de Valoración. La clave del conflicto radica en la "CLÁUSULA CUARTA" del Decreto N° 432/22, que establece un régimen de excepción para ciertas promociones. Sin embargo, se determinó que JORGE no encajaba en esa excepción, ya que había ascendido previamente a Nivel C a través de otro régimen de valoración por evaluación y mérito (Resolución N° 1304/22 del ex-Ministerio de Trabajo).
La recurrente había argumentado que la interpretación restrictiva de la norma era inconstitucional, discriminatoria y maliciosa, lesionando su derecho a progresar en la carrera administrativa y el principio de igualdad. Sostenía que solo favorecía a un sector sin fundamento razonable. Sin embargo, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.) ratificaron la postura de que JORGE no cumplía con la excepción.
Este decreto subraya la rigidez de los procedimientos y las interpretaciones normativas dentro de la administración pública. Para el ciudadano común y los propios empleados estatales, la decisión es un recordatorio de que las reglas son claras y su aplicación, estricta. La vía administrativa para la señora JORGE ya se agotó, pero el decreto le abre la puerta a la acción judicial, que podrá interponer dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales. Este caso podría convertirse en un faro para futuras disputas sobre ascensos y el cumplimiento de requisitos dentro del SINEP.
La PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha sostenido que: "… tratándose de cuestiones técnicas, el análisis jurídico debe realizarse de conformidad con los informes de los especialistas en la materia de que se trate". Este principio fue clave en la decisión.