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Negativo

¡GOLPE FISCAL AL ORO! Nuevo Impuesto a las Ganancias para Metales Preciosos Exportados

La ARCA impone un **nuevo y controvertido régimen de percepción** del 1% sobre las exportaciones de oro, plata y platino, incluso cuando no hay venta directa, buscando blindar las arcas del Estado frente a *maniobras elusivas*.

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¡GOLPE FISCAL AL ORO! Nuevo Impuesto a las Ganancias para Metales Preciosos Exportados
Montañas de oro y plata con una balanza de impuestos y una mano del Estado imponiendo un sello.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)
  • Dirección General de Aduanas

Fechas Clave

15/01/2026
Fecha de la Resolución General 5815/2026
16/01/2026
Publicación y entrada en vigencia de la Resolución
Control fiscal
Exportaciones
Impuesto a las ganancias
Metales preciosos
Régimen de percepción

En un movimiento que sacude al sector minero y exportador, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acaba de publicar la Resolución General 5815/2026, estableciendo un flamante régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias. ¿El blanco? Las exportaciones de oro, plata y platino, en cualquier etapa de elaboración, que se envían al exterior para refinación o depósito sin una transferencia de dominio inmediata.

La medida, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación (16/01/2026), estipula una alícuota del UNO POR CIENTO (1%) sobre el valor de la mercadería considerado para los derechos de exportación. Esto significa que las empresas que operan en este estratégico sector deberán realizar un pago anticipado del impuesto, afectando directamente su flujo de caja.

El Gobierno justifica esta decisión argumentando la necesidad de "asegurar adecuados mecanismos de recaudación, información y control" frente a "esquemas de procesamiento y/o depósito en países distintos" que podrían eludir la fiscalización. La Dirección General de Aduanas será el brazo ejecutor de esta percepción.

¿Quiénes son los afectados y cómo los impacta?

Principalmente, las empresas mineras y exportadoras de metales preciosos. La percepción se calculará al momento de liquidar los tributos aduaneros y deberá ingresarse dentro de los 15 días hábiles del libramiento. El incumplimiento implicará suspensiones operativas y recargos por intereses.

Además del impacto en el capital de trabajo, los exportadores deberán presentar trimestralmente una certificación de profesional independiente de ciencias económicas sobre la calidad y cantidad de los metales, sumando costos administrativos y burocracia.

Si bien el importe percibido será computable en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, no podrá utilizarse para reducir los anticipos, lo que agrava la presión sobre la liquidez. Esta es una clara señal de un Estado más intervencionista en un sector clave para la generación de divisas, buscando maximizar la recaudación a expensas de la flexibilidad operativa de las empresas.

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