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El Instituto de Cine modifica drásticamente la Cuota de Pantalla, priorizando la cantidad de funciones sobre las semanas de exhibición y extendiendo la ventana para que las películas argentinas brillen más tiempo.
¡Atención, cinéfilos y productores! El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) ha emitido la Resolución 565/2025, un verdadero giro de guion para la exhibición de películas nacionales. El objetivo, según el organismo, es "adecuar el marco regulatorio a las nuevas formas de programación de los complejos cinematográficos y a los hábitos de consumo actuales del público", buscando "optimizar la captación de audiencias y fomentar una exhibición más efectiva de contenidos nacionales".
El cambio más resonante es la sustitución del tradicional esquema de "semanas cinematográficas" por la cantidad de funciones. A partir de ahora, para cumplir con la Cuota de Pantalla, los grupos exhibidores con más de OCHO (8) pantallas deberán acreditar la exhibición de un SEIS POR CIENTO (6%) del total de películas estreno, y aquellos con hasta OCHO (8) pantallas, un CUATRO POR CIENTO (4%). Pero ojo, también se dará por cumplida la cuota si el grupo supera los VEINTICINCO (25) estrenos nacionales con al menos TRES (3) funciones cada uno en el año calendario.
La resolución es clara: las películas nacionales que cuenten para la Cuota de Pantalla deberán programarse en horario central, es decir, entre las 17:00 y el cierre. Además, se extiende la "ventana" de exhibición: las películas de ficción o animación deberán tener al menos CATORCE (14) funciones en un período de NOVENTA (90) días corridos desde su estreno, mientras que los documentales, SIETE (7) funciones en el mismo lapso. Para los grupos con menos días de semana cinematográfica o en ciudades de menos de 100.000 habitantes, los requisitos son menores: SEIS (6) funciones para ficción/animación y TRES (3) para documentales.
Otro punto interesante es que las películas que cumplan al menos la mitad de las funciones exigidas, computarán un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la Cuota de Pantalla, ofreciendo mayor flexibilidad. Además, el INCAA podrá incluir de oficio películas que no hayan solicitado el cómputo si cumplen las condiciones. Y como si fuera poco, la medida tiene efecto retroactivo: todo lo programado desde el 1º de enero de 2025 hasta la entrada en vigencia de esta resolución podrá adecuarse a las nuevas condiciones. Esta es una señal clara del INCAA para adaptarse a los tiempos que corren, buscando que el cine argentino no solo se estrene, sino que tenga una verdadera oportunidad de encontrar a su público en un mercado cada vez más competitivo.