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El Instituto de Previsión Social reconoce el derecho a jubilación de una docente fallecida y otorga la pensión a su cónyuge supérstite, Carlos Alberto IHA, garantizando la continuidad de un beneficio clave.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires, mediante su Resolución N° 33440, ha dictado una medida de justicia social y previsión familiar. En un giro emotivo, el organismo reconoció el derecho a jubilación de Miriam Beatriz Rodriguez, una docente que falleció durante la tramitación de su beneficio, y otorgó la pensión correspondiente a su cónyuge supérstite, Carlos Alberto IHA.
Miriam Beatriz Rodriguez, con DNI N° 16.800.697, había solicitado su Jubilación Ordinaria. El IPS determinó que le asistía el derecho al goce de un beneficio equivalente al 70% de su sueldo y bonificaciones como Secretaria de Enseñanza Media y Técnica y Maestra Especializada, con 31 años de antigüedad en la Dirección General de Cultura y Educación. Este derecho se extendía desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 19 de marzo de 2024, fecha de su lamentable fallecimiento.
Tras su deceso, Carlos Alberto IHA, con DNI N° 14.312.287, se presentó solicitando el beneficio pensionario en carácter de cónyuge supérstite. El IPS, tras verificar el vínculo y los requisitos legales, acordó la pensión a partir del 20 de marzo de 2024, liquidándola en base al 53% del sueldo y bonificaciones que le correspondían a la causante.
Esta resolución es un claro ejemplo de cómo el sistema de seguridad social protege a las familias frente a eventos inesperados como el fallecimiento de un beneficiario o un solicitante. Asegura que el esfuerzo de toda una vida laboral no quede en el olvido y que los seres queridos puedan contar con un sustento económico.
Para los ciudadanos comunes, este caso subraya la importancia de:
"La seguridad social es un pilar fundamental que sostiene a las familias en los momentos más difíciles, garantizando dignidad y continuidad económica."
El IPS también informa sobre la posibilidad de interponer recurso de revocatoria en un plazo de veinte días y recuerda que los beneficios otorgados a hijos caducan a los 18 años, con posibilidad de prórroga hasta los 25 bajo ciertas condiciones de estudio o incapacidad.
Para más información, los interesados pueden contactar al IPS o consultar el Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994).