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En un movimiento clave para su vida interna, la Asociación de Empleados de Comercio de Oberá actualiza su carta magna. Un paso fundamental para su funcionamiento, bajo la atenta mirada de la normativa laboral vigente.
La Resolución 413/2025 del Ministerio de Capital Humano trae novedades para el mundo sindical misionero. Se aprueba la modificación parcial del Estatuto Social de la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE OBERÁ, un trámite que, aunque suena a burocracia, es esencial para la vida interna y la operatividad de la entidad gremial. La asociación, que ostenta la Personería Gremial N° 1000 desde 1969, actualiza artículos clave como el 6, 8, 10, 19, 20, 23, 26, 35 y 83.
Esta aprobación significa que la organización sindical ha puesto al día sus reglas internas para adaptarse a los tiempos y, presumiblemente, a las necesidades de sus afiliados. Es un recordatorio de que, si bien las asociaciones tienen autonomía, deben operar bajo el paraguas de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales y su Decreto Reglamentario N° 467/1988. La resolución enfatiza que prevalecerán las disposiciones de la legislación vigente sobre cualquier norma estatutaria que pudiera oponérsele.
Para los empleados de comercio de Oberá, esto refuerza la legitimidad y el marco legal de su representación sindical. Es un paso administrativo que garantiza que la estructura del sindicato esté en orden para seguir defendiendo los intereses de sus miembros, sin alterar su ámbito de actuación personal y territorial ya reconocido.
"La presente aprobación no implica modificar los ámbitos de actuación personal y territorial reconocidos por esta Autoridad de Aplicación."
Es un trámite de rutina necesaria que asegura la salud institucional de una organización con décadas de trayectoria.
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