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Una serie de normativas y resoluciones reafirman el marco legal del Decreto N° 59/19 y la Ley 13.981 para las contrataciones estatales, delineando los intrincados caminos de la burocracia pública.
En el entramado de la gestión pública, una serie de menciones en el Boletín Oficial nos recuerdan que la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 59/2019 (modificado por el Decreto N° 1314/2022) son los pilares inamovibles que rigen las compras y contrataciones en la Provincia de Buenos Aires. Estas normativas, lejos de ser un detalle menor, son el esqueleto legal sobre el cual se montan miles de millones de pesos en licitaciones y adquisiciones de bienes y servicios.
Documentos como la Resolución N° 25-OPCGP-2026, el Decreto N° 59/19 y sus modificatorias y la Ley 13.981/09 y Art. 17 apartado 1 del Anexo 1) del Decreto Reglamentario Nº 59/19 son citados constantemente para justificar y enmarcar diversos procesos. La Resolución N° 76/2019 de la Contaduría General de la Provincia es crucial, ya que implementó el "Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios" de uso obligatorio. Esto significa que cada licitación, desde la compra de insumos de limpieza para un hospital hasta la adquisición de kits escolares, debe ajustarse a un riguroso manual de procedimientos.
Para los ciudadanos, esto debería significar transparencia y eficiencia en el uso de los fondos. Para las empresas, implica una cancha de juego con reglas claras (aunque a veces engorrosas). Sin embargo, la constante referencia a estos decretos y leyes también expone la densidad burocrática del Estado, donde cada paso debe estar respaldado por una norma, generando a menudo lentitud y complejidad en los procesos. Estar informado sobre este marco es clave para entender cómo se gasta el dinero de todos.