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En una movida clave para el transporte público, la firma "TRANSPORTES VILLA BOSCH S.A.C. e I." consigue la prórroga de su concesión para la Línea N° 328 hasta 2035. ¿Qué implica esta decisión para miles de pasajeros de San Martín y Tres de Febrero?
La provincia de Buenos Aires acaba de ponerle un sello de continuidad a un servicio esencial: la Línea N° 328 de colectivos, operada por "TRANSPORTES VILLA BOSCH S.A.C. e I.". A través de la Resolución N° 15-MTRAGP-2026, se ha prorrogado la concesión por diez años más, asegurando su funcionamiento hasta el 24 de marzo de 2035.
Esta decisión, aunque rutinaria para la administración, es vital para los miles de usuarios que dependen diariamente de esta línea para moverse entre los partidos de General San Martín y Tres de Febrero. La empresa, que tiene una larga trayectoria en la zona desde la división de General San Martín, ha demostrado cumplir con las obligaciones técnicas, económicas y de seguridad exigidas por la normativa.
El proceso no estuvo exento de detalles. La solicitud de prórroga, presentada el 3 de diciembre de 2024 para el período 2025-2035, no fue presentada en el plazo de 180 días de antelación previsto por la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros. Sin embargo, la administración consideró el "interés concreto" de la firma y su continuidad "satisfactoria y sin interrupción alguna" en la prestación del servicio.
Un dato relevante es que la empresa debe mantener un Parque Móvil Mínimo, Único y Obligatorio (PMMUO) de cuarenta y cinco (45) unidades vehiculares, garantizando la calidad y frecuencia del servicio. Además, se detectaron pequeñas variantes en el recorrido de la Línea 328, dentro de un radio de 500 metros del itinerario autorizado, que fueron consideradas razonables y sin impacto tarifario ni reclamos de usuarios.
La medida también establece que la empresa deberá hacer efectivo el pago del Impuesto de Sellos vigente. En definitiva, esta prórroga trae certidumbre y estabilidad a un servicio clave de transporte, pero también deja en evidencia la flexibilidad administrativa ante plazos incumplidos cuando el servicio a la comunidad está garantizado. Los pasajeros pueden respirar tranquilos, la 328 sigue rodando.