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El Ministerio de Transporte bonaerense redobla la fiscalización y aplica sanciones contundentes por infracciones a la normativa. Clubes y particulares enfrentan multas de más de medio millón de pesos por operar sin permiso o incumplir requisitos clave. ¿Quiénes son los afectados y qué significa este ajuste?
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires no da tregua y ha desatado una ola de sanciones que ponen en jaque a quienes no cumplen con las regulaciones. El Boletín Oficial de esta semana revela una serie de multas millonarias, demostrando que los controles son una realidad y que las infracciones tienen un costo altísimo. La mira está puesta en la seguridad y la legalidad del transporte de pasajeros en la provincia.
Uno de los primeros en sentir el rigor de la ley es el Club Rosario Puerto Belgrano (CUIT 33-70884082-9). Fue sancionado con una multa de Pesos Quinientos Setenta y Un Mil Trescientos Veinte ($571.320). La infracción se encuadra en el artículo 211 del Decreto N° 6864/58, reglamentario del Decreto-Ley N° 16378/57. Si bien no se detalla la falta específica en este extracto, la sanción subraya la importancia de que incluso las entidades deportivas cumplan con las normativas de transporte si realizan actividades que caen bajo su órbita.
En un operativo de control realizado el 26 de diciembre de 2024 en la Autopista La Plata-Buenos Aires, el Sr. Santiago Guillermo Sebastián (CUIT 20-25654315-0) fue interceptado. ¿La falta? Realizar un servicio intercomunal sin la debida autorización. Con el vehículo Dominio HSL508, transportaba a 26 pasajeros desde Floresta hasta Hudson. La sanción no se hizo esperar: otra multa de Pesos Quinientos Setenta y Un Mil Trescientos Veinte ($571.320), también amparada en el artículo 211 del Decreto N° 6864/58. La disposición fue dictada el 10 de septiembre de 2025. Este caso es un claro mensaje para aquellos que operan fuera del marco legal, poniendo en riesgo la seguridad de los usuarios y compitiendo deslealmente con servicios habilitados.
Finalmente, el Sr. Rodriguez Gustavo Javier (DNI N° 23.152.958) fue imputado por una infracción detectada el 1 de marzo de 2025 en Ruta Provincial N° 11, partido de La Costa. Su vehículo, Dominio KQQ180, realizaba un servicio de larga distancia (Florencio Varela a Santa Teresita, 45 pasajeros) sin el copiloto obligatorio para recorridos de más de 200 kilómetros. La imputación se basa en el artículo 289 del mismo Decreto N° 6864/58. La disposición, fechada el 8 de septiembre de 2025, busca garantizar la seguridad en trayectos extensos, donde la presencia de un segundo conductor es crucial para prevenir accidentes por fatiga.
"La Subsecretaría de Transporte está firme en su compromiso de ordenar el sistema y proteger a los usuarios. No habrá flexibilidad para quienes incumplan la ley", parece ser el mensaje implícito detrás de estas medidas.
Estas disposiciones no solo representan un golpe económico para los infractores, sino que también envían una señal clara al sector del transporte: la fiscalización es constante y la normativa vigente (que data incluso de decretos de 1957 y 1970) se aplica con rigor. Los afectados tienen un plazo de diez (10) días hábiles para recurrir el acto administrativo o veinte (20) días hábiles para abonar la multa. Además, se ofrece la posibilidad de adherirse al "Régimen de Regularización de Deudas" para pagar en cuotas, una opción para aliviar el impacto financiero.
Para el ciudadano común, estas medidas significan un paso más hacia un transporte más seguro y regulado. Es fundamental viajar en servicios habilitados y exigir el cumplimiento de las normas de seguridad. Para estar informado sobre futuras actualizaciones, se recomienda seguir los comunicados oficiales del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires y consultar el Boletín Oficial regularmente.