Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
Tras una larga batalla legal, el Gobierno ratificó una multa de USD 109.672,50 a Flight Express S.A. por la entrega tardía de un helicóptero para Gendarmería, sentando un precedente sobre el cumplimiento de contratos estatales.
¡Duro golpe para el sector privado que contrata con el Estado! El Presidente de la Nación, a través del Decreto 89/2025, ha puesto fin a una saga legal de años, confirmando una multa de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 50/100 (USD 109.672,50) a la firma FLIGHT EXPRESS S.A. La razón: la demora en la entrega de un helicóptero bimotor para la Gendarmería Nacional Argentina, un contrato que originalmente ascendía a USD 10.445.000.
La historia se remonta a 2016, cuando FLIGHT EXPRESS S.A. ganó una licitación para proveer un helicóptero. El plazo de entrega era de 120 días hábiles, pero la aeronave llegó fuera de término. En 2019, el ex Ministerio de Seguridad aplicó una multa por mora. Sin embargo, la empresa apeló, argumentando violaciones al debido proceso, prescripción de la multa y la invalidez de la notificación. El Gobierno, tras un exhaustivo análisis, hizo lugar parcialmente al recurso jerárquico. Esto significa que si bien la multa se mantuvo, se recalcularon los días de mora, descontando el período en que una medida cautelar judicial suspendió los plazos del contrato. Finalmente, se determinaron 21 días hábiles de atraso efectivos, lo que derivó en la penalidad confirmada.
Este caso es una clara advertencia para todas las empresas que tienen contratos con el Estado: el incumplimiento de los plazos tiene consecuencias económicas serias. La decisión del Gobierno de sostener la multa, aunque ajustada, subraya la importancia de la rigurosidad en los procedimientos administrativos y la ejecución contractual. Para el Estado, representa la reafirmación de su potestad sancionatoria y el control sobre el uso de los fondos públicos. La multa deberá hacerse efectiva en pesos, tomando la cotización del Banco de la Nación Argentina al día del pago, y la empresa tiene diez días hábiles para abonarla si no hay facturas pendientes para compensar.
Este decreto pone de manifiesto la complejidad de las contrataciones públicas y la necesidad de que tanto el Estado como los proveedores actúen con la máxima diligencia. La justicia administrativa, lenta pero inexorable, ha dictado su veredicto.