Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
Soagro S.A. deberá pagar $8.500 por no presentar declaraciones juradas semestrales, un recordatorio de que ni los beneficios promocionales eximen de las obligaciones formales ante el Estado.
La Resolución 2112/2025 del Ministerio de Economía ha caído como un baldazo de agua fría sobre Soagro Sociedad Anónima, una empresa beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial. ¿El motivo? Una serie de olvidos en la presentación de declaraciones juradas semestrales, específicamente del 1° semestre de 2015, 1° semestre de 2016 y los ejercicios completos de 2017 a 2021. Aunque la empresa argumentó haber presentado algunas ante el gobierno provincial, la Dirección Nacional de Incentivos Promocionales fue contundente: no las recibieron a nivel nacional.
Este desliz administrativo le costará a Soagro S.A. una multa de $8.500, equivalente al 1% de su inversión total comprometida de $850.000 para un proyecto de eucaliptus grandis en Corrientes. La medida, basada en la ley 22.021, resalta la importancia de la rigurosidad burocrática incluso para las compañías que gozan de beneficios fiscales. El Estado, a través de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, no perdona las fallas en el seguimiento de los regímenes de promoción, incluso dos décadas después de su aprobación.
Para el ciudadano común, esto es una señal clara: los beneficios estatales vienen con letras chicas y el incumplimiento, por menor que parezca, puede salir caro. Además, sirve de advertencia para otras empresas bajo regímenes similares. El plazo para pagar la multa es de diez días hábiles, o el Fisco iniciará la ejecución fiscal. Es crucial que las empresas mantengan al día sus obligaciones para evitar sanciones que, aunque no sean astronómicas, afectan la caja y la imagen.