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El Ministerio de Salud impuso una multa de $231.000 a SUMINISTROS Y EQUIPAMIENTOS MÉDICOS S.R.L. y citó a BIOENERTEC S.A. por presuntas infracciones a la normativa de productos biomédicos. El control se endurece para garantizar la calidad en el sector.
El Ministerio de Salud de la Nación redobla los controles en el sector de productos biomédicos, aplicando sanciones y citaciones que resuenan en el Boletín Oficial. Dos empresas del rubro están bajo la lupa por infracciones a la Resolución Ministerial 255/94, que regula la comercialización de estos insumos vitales.
La primera en recibir el golpe es SUMINISTROS Y EQUIPAMIENTOS MÉDICOS S.R.L. (CUIT 30-71147543-1), conocida como "SUMEQ". A través de la Resolución RESOL-2024-12-APN-SGS#MS del 10 de diciembre de 2024, se le impuso una multa de $231.000 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL) por la transgresión al Artículo 7° "in fine" de la Resolución Ministerial 255/94. La farmacéutica Mónica Andrea Huck (CUIL N° 27-21711778-5, DNI 21.711.778), ex directora técnica del establecimiento, fue eximida de responsabilidad en este caso.
La empresa tiene un plazo de 30 días hábiles para abonar la multa a través del Sistema E-RECAUDA y deberá remitir el comprobante para su correcta conciliación. Además, se le informa sobre la posibilidad de interponer un recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial, sin necesidad de pago previo para la admisibilidad del recurso.
En otro frente, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, ha citado al representante legal de BIOENERTEC S.A. (CUIT 30-71574832-7). La citación, publicada como Aviso Oficial, se debe a la imposibilidad de ubicar a la empresa y busca que comparezca en el Departamento de Faltas Sanitarias para tomar vista del expediente EX-2023-32542284 y formular descargo por una presunta infracción al mismo Artículo 7° "in fine" de la Resolución 255/94.
El plazo para comparecer es de DIEZ (10) días a contar del quinto día de la publicación, bajo apercibimiento de ser juzgado en rebeldía.
Esta normativa se refiere a las condiciones de habilitación y funcionamiento de establecimientos comercializadores de productos biomédicos. La infracción a este artículo suele estar relacionada con incumplimientos en la infraestructura, personal técnico, condiciones de almacenamiento o de comercialización que pueden comprometer la calidad y seguridad de los productos.
Estas acciones demuestran un firme compromiso del Ministerio con la fiscalización y el cumplimiento normativo en un sector crítico para la salud pública. Los ciudadanos deben saber que el Estado está activo en el control de quienes proveen insumos médicos, buscando garantizar la seguridad y eficacia de los productos que llegan a hospitales y clínicas.
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