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El Instituto de Previsión Social (IPS) le cae con todo a los herederos de un jubilado que percibió haberes indebidamente, exigiendo el pago de más de $1 millón de pesos bajo amenaza de juicio.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires vuelve a la carga, esta vez con una medida que demuestra que la deuda con el Estado no se olvida, ni siquiera después de la muerte. La Resolución N° 038468 declara legítima una deuda de $1.010.967,08 por haberes que el jubilado Julio César ENRIQUEZ percibió indebidamente entre 2009 y 2015.
Lo impactante de esta resolución es que, al haber fallecido el jubilado, la intimación recae directamente sobre sus derechohabientes. Estos tienen un plazo perentorio de 10 días desde la notificación para saldar la cuenta o, al menos, proponer una forma de pago.
El IPS no deja lugar a dudas sobre las consecuencias: si no hay pago ni propuesta, se habilitará la "vía ejecutiva", lo que significa que el organismo iniciará acciones legales para recuperar el dinero. Esto podría implicar embargos o la afectación de bienes de la sucesión.
Esta situación pone de manifiesto la rigurosidad del IPS en la recuperación de fondos que considera mal habidos. Se invoca el Artículo 61 del Decreto Ley N° 9650/80 y varios artículos del Código Civil y Comercial, que facultan al Instituto a repetir lo abonado indebidamente.
Para los herederos, esto representa una carga inesperada y un dolor de cabeza burocrático, sumado al duelo. La medida subraya que el control previsional es exhaustivo y que las responsabilidades financieras con el Estado pueden trascender la vida del beneficiario.
¿Es una medida justa para proteger el erario público o una carga excesiva para quienes ya enfrentan la pérdida de un ser querido? El debate está abierto.
Para evitar problemas futuros, es crucial que los ciudadanos se asesoren sobre sus derechos y obligaciones previsionales y mantengan sus datos actualizados con el IPS.