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El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires endurece su política de cobro, intimando a deudores a pagar o enfrentar intereses compensatorios y la vía judicial.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires está ajustando las tuercas a sus deudores con la Resolución N° 12/18. Aunque el texto es fragmentado, el mensaje es claro: quienes tengan saldos impagos con el organismo previsional se enfrentan a serias consecuencias.
La resolución establece un procedimiento estricto para la cancelación de deudas. Los morosos deben realizar un depósito en la cuenta bancaria del IPS (cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia) y enviar el comprobante de pago en el plazo fijado, o por correo electrónico.
Pero la parte más alarmante es el "apercibimiento de aplicar intereses compensatorios sobre saldos impagos". Esto significa que la deuda no solo crecerá con el tiempo, sino que el IPS no dudará en ir a fondo.
"En el supuesto de no recepcionarse propuesta de pago el Sector Gestión y Recupero de Deudas procederá a confeccionar el pertinente título ejecutivo por la deuda consignada."
Si no hay una propuesta de pago o el cumplimiento de la misma, el Sector Gestión y Recupero de Deudas del IPS procederá sin contemplaciones a confeccionar un "título ejecutivo". Esto es el paso previo a un juicio de apremio, es decir, la vía judicial para forzar el cobro de la deuda, lo que podría implicar embargos y costos adicionales para el deudor.
Esta resolución, aunque breve, es un recordatorio contundente de la postura inflexible del IPS ante los incumplimientos. Para los deudores, la hora de regularizar su situación es ahora, antes de que los intereses y los abogados del Estado llamen a su puerta.