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Un desliz administrativo obligó al Ministerio de Capital Humano a rectificar una disposición clave que homologaba un acuerdo salarial. ¿Un detalle menor o una señal de desprolijidad?
¡Un error insólito sacude los pasillos del Ministerio de Capital Humano! Una disposición clave que homologaba un acuerdo salarial entre la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) Seccional Campana y la gigante SIDERCA S.A.I.C. tuvo que ser rectificada de urgencia por un "error material". ¿Desprolijidad burocrática o un descuido que podría haber tenido consecuencias mayores?
La Disposición N° DI-2025-1794-APN-DNRYRT#MCH, publicada hoy, corrige un desliz en el "Visto" de una disposición anterior (N° DI-2024-452-APN-DNRYRT#MCH, del 5 de diciembre de 2024). El problema era simple pero crucial: se había consignado erróneamente el número de expediente administrativo. En lugar de leerse EX-2024-130072350, ahora se lee correctamente EX-2024-130045158.
Aunque el texto oficial asegura que la enmienda “no altera en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido”, este tipo de errores generan ruido y ponen en evidencia la necesidad de máxima precisión en los actos administrativos. La corrección se realiza bajo el amparo del Artículo 101 del Decreto N° 1579/72, que permite subsanar errores materiales.
¿Cómo afecta esto a los trabajadores y a SIDERCA? La buena noticia es que el acuerdo original entre la UOM y SIDERCA mantiene su plena validez. Esta rectificación es puramente formal y no modifica las condiciones salariales o laborales pactadas. Para los ciudadanos comunes, es un ejemplo de cómo los detalles más técnicos del Boletín Oficial pueden esconder pequeñas historias de gestión pública, que en este caso, fue subsanado sin afectar el fondo del asunto.