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El Ministerio de Capital Humano oficializó el acuerdo entre el Sindicato de Mecánicos y Afines y la Asociación de Concesionarios de Motovehículos. Nuevos sueldos y condiciones laborales para miles de trabajadores del sector, con un guiño a la Ley de Contrato de Trabajo sobre sumas no remunerativas.
¡Atención, sector automotor! El Boletín Oficial de hoy trae novedades que impactan directo en el bolsillo de miles de trabajadores. Mediante la Disposición 1191/2025, el Ministerio de Capital Humano ha dado luz verde al acuerdo paritario entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - DIVISIÓN MOTOVEHÍCULOS (ACARA - Motovehículos).
Este acuerdo, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 765/19, establece nuevas condiciones salariales y laborales para los mecánicos y afines que operan en el pujante rubro de los motovehículos. En un contexto de alta inflación, esta homologación representa un respiro para los ingresos de los trabajadores y una actualización de costos para las empresas del sector. La medida es vital para mantener el poder adquisitivo de los empleados y la paz social en la industria.
El documento oficial no pasó por alto un detalle crucial: se hace saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo). Esta mención, casi una advertencia, apunta directamente al carácter de ciertas sumas pactadas. En criollo, es una señal de que el Ministerio está atento a que no se intenten disfrazar como 'no remunerativas' sumas que, por su naturaleza, deberían ser consideradas salario y, por ende, sujetas a aportes y contribuciones. Una práctica habitual en muchas negociaciones que busca aliviar la carga fiscal de las empresas, pero que termina afectando el futuro previsional de los trabajadores.
Además, la disposición anticipa que se evaluará la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones para establecer el tope indemnizatorio del Artículo 245 de la LCT. Este punto es de suma importancia, ya que define el monto máximo que un trabajador puede percibir en caso de desvinculación sin causa, impactando directamente en la seguridad laboral.
"Con relación al carácter atribuido a ciertas sumas pactadas, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)."
Los detalles finos del acuerdo y la futura determinación del tope indemnizatorio serán clave. Se recomienda a los trabajadores y empleadores del sector estar atentos a las publicaciones en el sitio web del Boletín Oficial y a los comunicados de SMATA y ACARA - Motovehículos para conocer el impacto preciso en sus liquidaciones y planificaciones.
En definitiva, un paso administrativo que cristaliza una negociación sectorial, pero que deja entrever tensiones habituales en el complejo entramado de las relaciones laborales argentinas.
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