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Un Secretario de Embajada luchó por sus salarios retroactivos tras un ascenso, pero el Gobierno fue lapidario: no hay dinero antes de la vacante real. Una decisión que sienta un precedente para miles de empleados públicos.
En una movida que resonó en los pasillos de la Cancillería, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 623/2025, le dio un portazo al reclamo salarial del Secretario de Embajada y Cónsul de Segunda Clase, Augusto Pablo RIVA. El diplomático había presentado un recurso jerárquico contra la Resolución N° 337/24 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, que, si bien lo promovía, establecía que los efectos salariales solo regirían a partir del 1° de enero de 2024, mientras que la antigüedad se reconocía desde el 1° de enero de 2022. Una diferencia que, según Riva, lesionaba su derecho de propiedad al excluir las diferencias salariales retroactivas.
La argumentación del recurrente era clara: consideraba que la exclusión de los salarios retroactivos no tenía respaldo normativo y que la Ley del Servicio Exterior de la Nación (N° 20.957) no preveía tal limitación. Sin embargo, el Ejecutivo fue contundente. Basándose en dictámenes de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, se reafirmó un criterio ya establecido: los ascensos en la carrera diplomática (y por extensión, en la administración pública) tienen efectos retroactivos en cuanto a la antigüedad para garantizar el derecho a la carrera, pero los efectos económicos solo se producen a partir de la existencia real de la vacante o cuando esta se libera.
“Los ascensos solo serán efectivos (con excepción de lo referido a la antigüedad) a partir de que se habilite la cobertura de la vacante correspondiente y recién desde ese momento nacerá el derecho a percibir las remuneraciones correspondientes a la nueva categoría, sin retroactividad alguna.”
Esta decisión, que agota la vía administrativa pero abre las puertas a una acción judicial para Riva, establece un precedente crucial para todo el personal del Servicio Exterior y, potencialmente, para otros ámbitos de la administración pública. Significa que, aunque un funcionario sea reconocido con una mayor antigüedad en su nueva categoría, no percibirá los beneficios económicos de ese ascenso hasta que la vacante esté formalmente disponible y cubierta. Esto podría generar descontento entre los empleados públicos que esperaban una compensación retroactiva por ascensos que se demoraron en formalizarse, afectando directamente sus ingresos y la planificación financiera personal. Para el Estado, representa una forma de contención del gasto público en materia salarial, evitando erogaciones por períodos donde la vacante aún no estaba presupuestariamente habilitada.
Si sos empleado público y esperás un ascenso, tené en cuenta que tu antigüedad se reconocerá, pero los billetes extra solo llegarán cuando tu nuevo puesto esté oficialmente disponible. ¡Ojo con las expectativas! Para estar al tanto de futuras actualizaciones o cambios en la normativa, es fundamental seguir de cerca el Boletín Oficial y las comunicaciones de los gremios.