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El Gobierno Nacional presiona a las provincias para que regulen la contabilidad de iglesias, comunidades religiosas y consorcios de edificios. Una movida que busca transparentar sus finanzas y cumplir con el Código Civil y Comercial, pero que genera interrogantes sobre la autonomía y los costos para estas entidades.
El Poder Ejecutivo Nacional ha lanzado dos decretos simultáneos, el 486/2025 y el 487/2025, que buscan poner fin a la "ausencia de regulación" contable que afectaba a entidades religiosas y consorcios de propiedad horizontal en gran parte del país. La movida es un claro mensaje: la transparencia financiera es para todos, o casi todos.
El Decreto 486/2025 insta a las autoridades provinciales a crear un "libro especial" donde las iglesias, confesiones, comunidades y entidades religiosas (que no sean la Iglesia Católica Apostólica Romana y estén inscriptas en el Registro Nacional de Cultos) puedan anotar y rubricar sus libros contables. Esto es crucial porque, si bien el Código Civil y Comercial de la Nación las reconoce como personas jurídicas privadas con obligación contable (Artículo 320), la falta de un marco regulatorio provincial les impedía cumplir con la ley.
El decreto va más allá: permite que aquellas entidades religiosas que hoy están constituidas como asociaciones civiles o fundaciones, puedan "transformarse en meras iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas" bajo sus propios estatutos, pero siempre manteniendo la contabilidad organizada y los libros rubricados. Una flexibilización en la forma jurídica, pero una exigencia de hierro en las finanzas.
En paralelo, el Decreto 487/2025 apunta a los Consorcios de Propiedad Horizontal. Al igual que los cultos, los consorcios son personas jurídicas privadas (Artículo 148, inciso h) del Código Civil y Comercial) y, por lo tanto, deben llevar contabilidad. Sin embargo, la falta de una normativa provincial específica los dejaba en un limbo, impidiendo la rúbrica de sus registros.
Ahora, el Gobierno insta a las provincias a que también creen un "libro especial" para la inscripción y rúbrica de los libros contables de los consorcios. La Inspección General de Justicia (IGJ), que ya lo implementó en la Ciudad de Buenos Aires con la Resolución General N° 15/24, será la encargada de coordinar con los organismos provinciales para que esta "normalización" se extienda a todo el territorio nacional.
Para los fieles de las distintas congregaciones y, especialmente, para los propietarios que viven en edificios bajo el régimen de propiedad horizontal, esta medida promete una mayor transparencia en el manejo de los fondos. Se espera que los administradores de consorcios y los líderes religiosos deban rendir cuentas de manera más clara y ordenada. Sin embargo, también podría implicar un aumento en los costos administrativos para estas entidades, que deberán contratar servicios contables y cumplir con nuevas formalidades. El Estado busca orden y control, pero el desafío será que esto no se traduzca en una carga excesiva para los administrados.