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El Gobierno desmantela la vieja Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas y centraliza en el INCAA la calificación de películas, agilizando procesos y permitiendo la homologación de clasificaciones extranjeras. Un cambio drástico que busca modernizar la industria pero genera debate sobre la autonomía cultural.
Una verdadera revolución silenciosa ha llegado al mundo del cine argentino. Mediante el Decreto 50/2026, el Gobierno ha decidido derogar el obsoleto Decreto N° 828/84 y su modificatoria, que regulaba la calificación de películas cinematográficas. La medida centraliza esta facultad en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), eliminando la histórica COMISIÓN ASESORA DE EXHIBICIONES CINEMATOGRÁFICAS.
Según los considerandos, la Comisión Asesora, con más de cuatro décadas de existencia, "no ha demostrado en la actualidad la eficiencia necesaria" debido a la "rigidez de su estructura colegiada" y la "falta de actualización de sus criterios". Esto generaba demoras y dificultades para la dinámica del sector audiovisual. Ahora, el INCAA, con su "capacidad técnica, equipos especializados y experiencia acumulada", será el único responsable de esta tarea.
El objetivo es claro: agilizar los procesos y adecuarlos a los estándares internacionales, sin "menoscabar la protección del público ni alterar la regulación del contenido cinematográfico". La clave es que la responsabilidad primaria sobre el control de contenidos para menores recae en los padres, madres y/o tutores, con el Estado asumiendo un rol "complementario de orientación y prevención".
Una de las novedades más impactantes es que el INCAA podrá admitir la validez de las calificaciones emitidas por organismos extranjeros reconocidos en su país de origen. Esto es crucial, considerando que el 65,86% de las películas estrenadas en Argentina son de origen estadounidense, y su público representa el 81,20% de los espectadores del top 100. Esto debería reducir la "burocracia" y las demoras para el cine internacional.
Sin embargo, el decreto le otorga al INCAA la facultad de modificar, de oficio, calificaciones de origen por razones de orden público. Esta cláusula es la que podría generar mayor controversia, ya que abre la puerta a interpretaciones que podrían ser vistas como una forma de censura encubierta o de intervención estatal en contenidos ya calificados en el exterior. La medida entrará en vigencia a los SESENTA (60) días corridos de su publicación, dando tiempo para que el sector se prepare para este nuevo paradigma.
Para los ciudadanos y la industria, este cambio promete un sistema más ágil y adaptado a los tiempos modernos, con un INCAA más fuerte en su rol de calificador. La clave estará en cómo se ejerza la facultad de modificar calificaciones por "orden público" y si la pluralidad de enfoques prometida se mantiene en la práctica.